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¡Aguas!: Tentaciones privatizadoras en Simas Torreón

JULIO CÉSAR RAMÍREZ

Coahuila tiene una ley estatal privatizadora del agua, al amparo de la cual se privatizó el sistema intermunicipal del agua de Saltillo -hoy AgSal, copropiedad de la trasnacional española Aguas de Barcelona (AgBar) desde el 2001-, se privatizó el tratamiento de aguas residuales de Torreón con EcoAgua, filial del Grupo Peñoles en 2003 -actualmente en conflicto- , y se intentó privatizar los sistemas municipales de aguas y saneamiento, SIMAS, igual bajo el esquema de participación pública-privada, en Ramos Arizpe, Piedras Negras, Matamoros de La Laguna, Francisco I. Madero y Torreón, entre los años 2012 y 2015, tentativas frenadas en Ramos por la presión ciudadana y en el resto tras la caída del entonces director general de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), David Korenfeld Federman, por uso indebido de recursos públicos, y de su operador, Óscar Pimentel González, actual titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de Coahuila, uno de los artífices de la ley privatizadora del agua vigente en el estado.

Esa ley, denominada ahora Ley de Aguas para los Municipios del Estado de Coahuila, requiere cambios profundos -o ser definitivamente derogada y sustituida por una nueva- para ajustarse al mandato del artículo 4° de la Constitución Política del país y de los acuerdos y convenciones internacionales suscritos por el Estado mexicano -de la ONU incluida y el Acuerdo de Escazú- que tienden al fortalecimiento de la gestión pública y establecen el derecho humano al agua potable y el saneamiento bajo condiciones de transparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana y justicia hídrica.

Dicha ley privatizadora dispone, por el contrario, en su artículo 2, lo siguiente: La prestación de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento, reuso y disposición de aguas residuales, "podrá concesionarse por los Ayuntamientos a personas físicas o morales, en los términos previstos por el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, procurando siempre sean otorgados a personas con solvencia técnica, económica y moral, asegurando las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y equipamiento de los sistemas".

Y en párrafo seguido, añade: "En el contrato-concesión que sobre el particular se formule, además de observar las disposiciones previstas en el Código citado en el párrafo anterior, se atenderá a lo establecido en el presente ordenamiento".

En las atribuciones del SIMAS el artículo 21 dice, fracción XII: "Celebrar toda clase de contratos y convenios con autoridades federales, estatales o municipales, con organismos públicos, privados y sociales, así como con particulares, que sean necesarios para el eficaz cumplimiento del objeto que se señala".

Y el artículo 22 establece: "En el caso de que la prestación de los servicios objeto de esta ley fuere paramunicipal o concesionada, los organismos públicos descentralizados a que se refiere el presente capítulo tendrán las siguientes atribuciones:

"I.- Supervisar, vigilar e inspeccionar que la prestación de los servicios públicos, por parte de los concesionarios, se realice conforme a lo dispuesto en la ley;

"II.- Autorizar a propuesta de los concesionarios y conforme a lo previsto en esta ley, las cuotas o tarifas que deberán cubrir los usuarios por la prestación de los servicios, así como sus modificaciones; y

Solicitar al Ayuntamiento que revoque o declare la caducidad de la concesión cuando a su juicio proceda. En este caso, el Presidente Municipal deberá resolver en un plazo que no exceda de quince días hábiles, notificando al Sistema la resolución que recaiga a su petición".

Esta ley proviene del conjunto de cambios legislativos que permitieron el manejo del agua y saneamiento con una visión privatizadora en el país desde fines de los años ochenta.

Es contemporánea a la Ley de Aguas Nacionales de 1992, sustento del sistema de concesiones y sobreexplotación acuífera.

Hay una historia de 33 años, de grandes negocios privados con el agua y saneamiento de municipios en México y agravios a las poblaciones.

De ahí que el 16 de junio, al aprobar el cabildo de Torreón por unanimidad de votos y enviar al Congreso de Coahuila una reforma al Reglamento Interior del SIMAS de este municipio, que incluye en su artículo 3 la posibilidad de concesionar total o parcialmente, a personas físicas o morales, los servicios de abasto, saneamiento y otros más, ciudadanos prendieron inmediatamente y con justificación luces de alerta.

La opacidad es característica del cabildo y el SIMAS Torreón también en este caso.

Hubo reglamentos anteriores del SIMAS Torreón que no incluían la posibilidad de concesionar servicios municipales de aguas y saneamiento. Ejemplo, el aprobado el 17 de julio del 2001. ¿Por qué ahora sí?

¿Se debe a tentaciones privatizadoras del SIMAS Torreón y/o a preparar el camino?

Las luces de alerta están prendidas.

@kardenche

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