Con la reforma, no se criminaliza a la persona que pudiera causar la muerte de quien allane su domicilio, siempre y cuando sea en legítima defensa.
Tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila, ya entró en vigor la reforma al artículo 57 del Código Penal del Estado de Coahuila, con lo que se despenaliza o no se criminaliza a la persona que pudiera causar la muerte de quien allane su domicilio, siempre y cuando sea en legítima defensa
La citada reforma se publicó el pasado 24 de enero del año en curso, entrando en vigor al día siguiente.