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Solo permitirán viajes esenciales en frontera

Dieron a conocer las restricciones implementadas para quienes contemplan ingresar a México por el Puente Internacional

Se indica que el paso de ciudadanos estará limitado.(ARCHIVO)

Se indica que el paso de ciudadanos estará limitado.(ARCHIVO)

RENÉ ARELLANO

Autoridades municipales de Ciudad Acuña dieron a conocer las restricciones implementadas para quienes contemplan ingresar a México por el Puente Internacional, estableciendo que solo se permiten viajes esenciales, deben comprobar su residencia en Acuña o su doble nacionalidad y en dado caso, presentar carta de la empresa en la que labora.

Roberto de los Santos Vázquez, presidente municipal de Ciudad Acuña, dio a conocer los seis requisitos que deben cumplir los viajeros que pretendan ingresar a esta ciudad fronteriza por el Puente Internacional.

Los viajeros deberán comprobar su residencia en el Municipio de Acuña o doble nacionalidad, presentando la credencial emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE). Así como una carta emitida por el patrón donde conste que la persona se dedica a una de las actividades esenciales, incluyendo su nombre y dirección de residencia.

Se indica que el paso de ciudadanos estará limitado al trabajador esencial y máximo un acompañante, y deberán portar cubre bocas de manera obligatoria, dando cumplimiento a los ordenamientos municipal y estatal.

También se indica que los viajeros deberán pasar la revisión médica obligatoria por parte del personal de salud y en su momento, compartir la información requerida por las autoridades, federales, militares y de salud, mediante los formularios y formatos diseñados para tal fin.

Las mencionadas disposiciones fueron fundamentadas conforme a las medidas de seguridad sanitaria, ante la Emergencia por COVID-19, emitida por el Consejo de Salubridad General el pasado 30 de marzo de 2020 y que en l medida tres establece lo siguiente:

"Se exhorta a toda la población residente en el territorio mexicano, incluida la que arribe al mismo procedente del extranjero, y que no participa en actividades laborales esenciales a cumplir resguardo domiciliario corresponsable del 30 de marzo al 30 de abril 2020. Se entiende como resguardo domiciliario corresponsable a la limitación voluntaria de movilidad, permaneciendo en el domicilio particular la mayor parte del tiempo posible", se lee en el documento.

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Escrito en: Puente Internacional número

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