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La SCJN congela el fallo sobre la militarización

El proyecto concluye que el Ejecutivo sí tenía facultades para emitir el Acuerdo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó por tiempo indefinido su decisión sobre la validez del Acuerdo Presidencial. (ESPECIAL)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó por tiempo indefinido su decisión sobre la validez del Acuerdo Presidencial. (ESPECIAL)

EL SIGLO DE TORREÓN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó por un tiempo indefinido la decisión sobre la validez del Acuerdo Presidencial que tuvo lugar en mayo de 2020, para que las Fuerzas Armadas continúen haciendo trabajos directos de seguridad pública, por lo menos hasta marzo de 2024. 

Según el diario Reforma, la Primera Sala de la Corte decidió ayer mandar al Pleno el proyecto de la ministra Margarita Ríos-Farjat, quien propone declarar sin fundamentos la controversia constitucional que la panista Laura Rojas, entonces presidenta de la Cámara de Diputados, promovió para impugnar el Acuerdo, que se publicó el 11 de mayo de 2020. 

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El caso no estaba en el Pleno de la Corte porque se trata de un mero Acuerdo administrativo, pero en la sesión privada de ayer, se acordó que -por su importancia- debe ser revisado por los 11 ministros y no solo por los cinco de la Sala. 

La lista del Pleno de la Corte es controlada por el Presidente Arturo Zaldívar y es muy poco probable que el tema sea discutido en lo que resta de 2021, pues el Poder Judicial solo labora hasta el 15 de diciembre, y habrá varias sesiones solemnes para informes anuales, para despedir al ministro Fernando Franco y para recibir a la nueva ministra Loretta Ortiz. 

El proyecto de Ríos-Farjat concluye que el Ejecutivo sí tenía facultades para emitir el Acuerdo y no invadió atribuciones del Legislativo, pero no se pronuncia sobre otros temas como posibles violaciones a derechos humanos por la militarización de la seguridad pública, pues se trata de una conflicto competencial entre Poderes, no de un amparo. 

Apenas el pasado lunes, el Vigésimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa notificó el fallo en el que confirmó, de manera inapelable, el amparo otorgado a México Único contra la Delincuencia (MUD) contra el Acuerdo Presidencial por el Juez Martín Santos Pérez. 

Hasta ayer, el tribunal no ha publicado su resolución completa, pero lo más probable es que el amparo no tenga el efecto de invalidar el Acuerdo, sino que solo beneficia, de manera simbólica, a MUD. 

El Ejecutivo expidió el Acuerdo en uso de una facultad que le confirió la reforma Constitucional de 2019 por la que se creó la Guardia Nacional (GN), cuerpo en teoría civil y adscrito a la Secretaría de Seguridad Pública y Ciudadana (SSPC), pero que está integrado en su mayoría por militares, y que desde octubre de 2020 está bajo control operativo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). 

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En la sentencia que confirmó el colegiado, el Juez Santos afirmó que el Acuerdo violó el transitorio de esta reforma, en el que se permitió seguir usando a las Fuerzas Armadas en seguridad pública, pero de manera “extraordinaria, regulada, fiscalizada subordinada y complementaria” a la GN. 

Según el amparo, no se cumplió ningún requisito, pues se dejó a los militares a cargo de la seguridad de manera permanente y ordinaria, sin estar subordinados a las autoridades civiles, sin regulación detallada y amplia, y sin que se prevean mecanismos para cumplir estándares de protección a los derechos humanos.

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