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¿Qué sentencia debe cumplir Luis de Llano tras el fallo de la SCJN?

La Corte ratifica su responsabilidad en el caso Sasha Sokol y dicta medidas definitivas que debe acatar el productor

¿Qué sentencia debe cumplir Luis de Llano tras el fallo de la SCJN?

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EL SIGLO

El conflicto legal entre Sasha Sokol y Luis de Llano ha llegado a su desenlace definitivo. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este miércoles 25 de junio rechazar, por unanimidad, el amparo solicitado por el productor televisivo, confirmando así la sentencia que lo declara responsable de haber vulnerado los derechos de la cantante cuando ella era menor de edad.

Con esta resolución, no existe ya ninguna instancia legal a la que De Llano pueda recurrir, lo que significa que deberá acatar la sentencia dictada desde mayo de 2023. Entre las medidas impuestas destacan:

Disculpa pública: El productor deberá ofrecer una disculpa formal a Sasha Sokol, a través de los mismos medios donde previamente habló de ella. En esta disculpa, deberá reconocer expresamente el daño causado y su responsabilidad.

Indemnización económica: Se le ordena pagar una compensación por daño moral. Aunque el monto exacto no ha sido divulgado, fue determinado con base en las afectaciones a la salud emocional de Sokol. Ella misma anunció que esta suma será donada íntegramente a organizaciones que apoyan a víctimas de abuso.

Prohibición de mencionar a Sokol públicamente: Desde el día del fallo, Luis de Llano tiene prohibido referirse a Sasha Sokol en entrevistas, redes sociales o cualquier otro espacio público, con el fin de evitar su revictimización.

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Más allá del caso particular, esta sentencia representa un precedente histórico en México. La SCJN estableció que en casos de abuso sexual infantil, el derecho civil no reconoce prescripción, es decir, las víctimas pueden buscar justicia incluso décadas después.

Sasha Sokol denunció públicamente a De Llano en marzo de 2022. En su testimonio, relató que tenía apenas 14 años cuando comenzó una relación con él, quien en ese momento tenía 39. Posteriormente, presentó una demanda por daño moral. Durante el proceso, De Llano reconoció el vínculo, aunque insistió en que fue consensuado. El tribunal concluyó que, debido a la edad de la víctima, se trató de un claro abuso de poder y de confianza.

La decisión de la SCJN no sólo ratifica la responsabilidad de De Llano, sino que también refuerza el derecho de las víctimas a ser escuchadas, sin importar cuánto tiempo haya pasado.

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