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Detalla Juez resolución de suspensión provisional del amparo promovido por el Ayuntamiento de Piedras Negras

Ya se notificó la mencionada resolución al juicio de amparo a las partes involucradas

Detalla Juez resolución de suspensión provisional del amparo promovido por el Ayuntamiento de Piedras Negras

Detalla Juez resolución de suspensión provisional del amparo promovido por el Ayuntamiento de Piedras Negras

RENÉ ARELLANO

Autoridad del Poder Judicial Federal detalló la resolución de la suspensión provisional del juicio amparo que presentó el municipio de Piedras Negras contra el embargo precautorio que autorizó el Tribunal de Conciliación y Arbitraje en la capital del Estado, a petición del Sindicato Único de Trabajadores de Obras Públicas.

Juan Marcos Dávila Rangel, titular del Juzgado Tercero de Distrito del PJF con sede en Piedras Negras, detalló que resolvió esta etapa del juicio de amparo, considerando el criterio que tiene el citado juzgado del caso del Ayuntamiento de San Juan de Sabinas, de finales del año 2024.

"Solamente le dimos la razón en parte, bien dicho, de que hay como una decisión salomónica, en el cual se deja intocada la decisión del embargo precautorio por un millón de pesos; esto es, no se puede levantar el embargo por esa cantidad", explicó Dávila Rangel

Puntualizando que, en el caso del Ayuntamiento de Piedras Negras, si podrá hacer uso de todo lo que sobre en esas cuentas bancarias, que puede ser de un peso o "n" millones de pesos, más no podrá hacer uso de la cantidad

El Juez Tercero de Distrito del Poder Judicial de la Federación, señaló que ya se notificó la mencionada resolución al juicio de amparo a las partes involucradas y que solamente esperan la suspensión definitiva, aunque va seguir con el mismo criterio.

Precisó que, el Ayuntamiento de Piedras Negras tiene la posibilidad de recurrir, de presentar un recurso de queja contra la decisión del juzgado a su cargo; estableciendo que hasta el momento no lo han hecho, aunque tienen un tiempo para aplicar dicho recurso.

De recibir el mencionado recurso de queja, emitirá el mismo criterio y decisión, por lo que quedara el embargo precautorio intocado por varios meses.

Recordando que será el Tribunal de Conciliación y Arbitraje quien definirá el tiempo que habrá de permanecer el embargo precautorio y si existe o no, un convenio entre las partes, tal y como sucedió en el municipio de San Juan de Sabinas.

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Escrito en: sindicato de Obras Públicas Piedras Negras

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