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Aguas Residuales

Altos niveles de contaminantes en descargas residuales ponen en jaque a Torreón

La industria requiere de 700 litros de agua tratada para operar y utiliza agua potable de la red

(ARCHIVO)

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FABIOLA P. CANEDO

La Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021 que establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales, tiene en jaque al municipio de Torreón, pues entró en vigor a partir del 03 de abril de este año y se han tenido que solicitar prórrogas para no caer en multas por incumplimiento, las cuales alcanzan hasta 14 millones de pesos.

Según estimaciones del Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento (Simas), la industria de la Región Lagunera requiere de 700 litros de agua tratada para operar y actualmente utiliza agua potable de la red. Esto debido a que la Planta Tratadora de Aguas Residuales (PTAR) no cumple con la disposición en cuanto a los límites establecidos en la norma, además, por la tecnología que utiliza para llevar a cabo el proceso, es deficiente e insuficiente.

El agua tratada no puede ser utilizada por la industria actual por no cumplir dichos parámetros, con las condiciones mínimas requeridas, lo que al sistema le representa una fuga de ingresos al no poder comercializar el agua bajo estos lineamientos.

El Plan Municipal de Desarrollo 2022-2025 establece el objetivo de Disponibilidad y gestión eficiente del agua y saneamiento. En este sentido, se busca gestionar, diseñar y construir la infraestructura necesaria para la captación, tratamiento y disposición de las aguas residuales que se generan en la ciudad, acción que solo puede ser satisfecha mediante la construcción de una nueva PTAR.

En marzo, Simas sometió a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) el proyecto de modernización, ingeniería básica, detalles de construcción de la PTAR para su análisis y validación. En base a ello, el Cabildo aprobó la búsqueda de alternativas de contratación de financiamiento para su materialización, por un monto de 680 millones de pesos, en un esquema de inversión pública productiva, a un periodo máximo de 240 meses.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) esta herramienta, que tiene como objetivos preservar los derechos humanos al agua y al saneamiento, consagrados en el artículo 4 de la Constitución Política de México, así como garantizar su disponibilidad, accesibilidad, asequibilidad, calidad y seguridad y admisibilidad.

Se cumple así con la obligación establecida en el artículo 85 de la Ley de Aguas Nacionales relativa a que las personas físicas o morales, que exploten, usen o aprovechen aguas nacionales en cualquier actividad, serán responsables de realizar las medidas necesarias para prevenir su contaminación y, en su caso, para reintegrar las aguas en condiciones adecuadas, a fin de permitir su explotación, uso o aprovechamiento posterior, y mantener el equilibrio de los ecosistemas vitales.

La NOM-001-SEMARNAT-2021 actualiza la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-1996, que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales, renovando aspectos técnicos que, por el transcurso del tiempo, esta última ya no cumplía.

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