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Confirma TEPJF medidas cautelares

Tribunal confirma sentencia contra subsecretario de Seguridad, Ricardo Mejía Berdeja

El TE confirmó medidas cautelares y tutela preventiva contra Mejía; debe retirar espectaculares.

El TE confirmó medidas cautelares y tutela preventiva contra Mejía; debe retirar espectaculares.

MA. ELENA HOLGUÍN

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Coahuila de Zaragoza (TECZ) en contra del subsecretario de Seguridad Pública federal, Ricardo Mejía Berdeja, en la que establece medidas cautelares y de tutela preventiva para el retiro de espectaculares en los que promueve su imagen en busca de la candidatura de Morena a la gubernatura.

En dicha sentencia, el TECZ modificó el acuerdo de la Comisión de Quejas del Instituto Electoral de Coahuila y amplió las medidas cautelares para el retiro de 29 espectaculares que no fueron considerados por el IEC, y extendió la tutela preventiva respecto de la entrega de calcomanías y la realización de mítines por parte de Mejía Berdeja.

Los espectaculares situados en distintos puntos del estado, aluden a la publicación de una entrevista del subsecretario en una revista, que el TEC consideró como uno de los elementos con los que el funcionario federal "realizó actos tendientes a posicionar su imagen frente al proceso electoral para la gubernatura del Estado de Coahuila".

Ante esa resolución, dichos anuncios deberán ser retirados, tal y como se hizo con otros más en atención a la primera sentencia de la autoridad electoral, que busca garantizar equidad en el proceso 2023.

La máxima autoridad electoral en el país respaldó al tribunal local, luego de que Mejía Berdeja promovió una controversia.

Todo este proceso legal inició con la denuncia de un particular y los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática en contra del subsecretario de Seguridad Pública ante el IEC, por actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, para posicionarse con ventaja como aspirante a la gubernatura de Coahuila.

Las medidas cautelares constituyen mecanismos de tutela preventiva al concretarse como los medios idóneos para prevenir la posible afectación a los principios rectores en materia electoral, a los derechos humanos y a los derechos político-electorales, en tanto se emite la resolución de fondo.

En cuanto a la tutela preventiva, no solo radica en impedir que se lleven a cabo ciertos comportamientos o en evitar la realización de conductas que produzcan algún daño, también conlleva la adopción de las medidas necesarias y suficientes para evitar lesiones.

Estas medidas de protección tienen como objetivo prevenir acciones o comportamientos que, de seguirse llevando a cabo, pudieran constituir un ilícito.

La resolución de la Sala Superior sobre el expediente de juicio electoral SUP-JE-335/2022, se emitió la última semana del año, a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis.

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Escrito en: TEPJF

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