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¿Cambiará el rumbo de la minería?

JORGE ÁLVAREZ FUENTES

El Ejecutivo federal acaba de enviar a la Cámara de Diputados una iniciativa de ley con un paquete de reformas trascendentales a las leyes Minera, de Aguas Nacionales, de Equilibrio Ecológico y Protección del Ambiente y de Prevención y Gestión Integral de los Residuos. La iniciativa ha sido turnada a comisiones para dictamen. De ser aprobada en los términos del proyecto de decreto, por mayoría simple por tratarse de modificaciones a disposiciones secundarias, se introducirán modificaciones de fondo al marco jurídico que ha regido y gobernado las concesiones mineras y de agua. Tratándose de una materia de importancia estratégica, los alcances y repercusiones de esta reforma estructural irán más allá del ámbito local y nacional.

¿Conseguirá esta reforma impulsar un verdadero cambio de rumbo en la minería? ¿Una minería sustentable, cuando en México y en el mundo enfrenta enormes retos para avanzar de manera asertiva hacia la descarbonización, la gobernanza ambiental y social, la transición y eficiencia energéticas y la incorporación acelerada de múltiples innovaciones tecnológicas centradas en la digitalización y la inteligencia artificial? Se trata de la segunda reforma de fondo a la ley minera, después de la aprobada el año pasado sobre las reservas de litio y otros minerales estratégicos, claves para la transición energética, que estableció son patrimonio de la nación y sólo podrán ser explotados y aprovechados por el Estado. Ambas reformas se alinean con el objetivo trazado por el gobierno federal de "garantizar la soberanía energética".

En la iniciativa se propone reducir de 50 a 15 años la duración y una única prórroga de las concesiones mineras, condicionándolas a la disponibilidad hídrica, permitiendo su asignación a empresas paraestatales, otorgándose por mineral y no por lote, regularizando la transferencia y cancelación de los títulos, y fijando, asimismo, diversos causales de revocación. La propuesta incluye eliminar el carácter preferente de la actividad minera, de tal manera que la exploración, extracción, explotación y beneficio de minerales o metales no podrán justificar la expropiación en favor de particulares, incluyendo tierras de propiedad social, por generar beneficios privados. Establece, consecuentemente, que deberán celebrarse acuerdos entre los titulares de las concesiones y los propietarios o titulares de los derechos de los terrenos.

De manera muy significativa se incorporan, como requisitos, instrumentos explícitos de carácter ambiental y social, al considerar de manera prioritaria los derechos al agua y a un medio ambiente sano; se identifican tipos penales para sancionar como delitos determinadas conductas en las actividades mineras, como la extracción, disposición, tráfico y enajenación de minerales, sustancias y derivados metalúrgicos no concesionados, o bien, actos negligentes respecto de la seguridad de los trabajadores. Se elimina el esquema de terreno libre y la figura de primer solicitante, determinando que, en todos los casos, el otorgamiento será sólo mediante concursos públicos, debiendo asegurarse las mejores condiciones económicas para el Estado mexicano, así como condiciones que beneficien a la población, al garantizar acciones destinadas a preservar, restaurar y mejorar el medio ambiente y remediar la contaminación del aire, agua, suelo y subsuelo.

Se establece también la obligación de realizar consultas previas, libres e informadas a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, reconocida previamente en convenios internacionales. Asimismo, tanto la gestión sustentable como el manejo integral de los residuos mineros y metalúrgicos quedarán sujetos a la última ley citada, prohibiendo que su disposición final tenga lugar en áreas naturales protegidas, causes, ríos, humedales o zonas federales de aguas nacionales. Incluso en lugares que por el trayecto que pudieran seguir los residuos de suceder una ruptura de los depósitos, terminen por afectar núcleos de población, arriesgando la salud de sus habitantes.

A pesar de la importancia innegable de numerosos minerales y metales para un sinfín de aplicaciones en la vida cotidiana, que van desde el transporte hasta la telefonía celular, la minería es una actividad primordial poco comprendida, con una mala reputación, constantemente cuestionada y rechazada por organizaciones sociales que enfatizan sus efectos negativos para las comunidades y denuncian daños ambientales en los sitios donde se desarrolla.

Habiendo hoy más de 23 mil concesiones mineras vigentes, 17 mil en Coahuila, Chihuahua, Durango, Jalisco, Sinaloa, Sonora y Zacatecas, entidades con una severa escasez de agua, también con al menos una centena de conflictos sociales, y siendo dominantes las inversiones extranjeras provenientes de Canadá (existiendo algunos frentes abiertos en torno a controversias en el marco del T-MEC, y sobresaliendo el desempeño y la actitud de algunas empresas mineras canadienses respecto de estigmatización de la minería por parte del Presidente de la República), como son igualmente dominantes las principales empresas mineras mexicanas que cotizan en la Bolsa de Valores, es explicable que la iniciativa haya comenzado a generar una fuerte e intensa discusión.

Mientras algunas organizaciones sociales celebran que la iniciativa recoja sus demandas de años en contra de las condiciones y consecuencias de lo que ven como un saqueo y la destrucción de comunidades, reservas naturales y tierras ancestrales, las empresas y cámaras mineras se muestran preocupadas por la falta de consulta en el proceso legislativo, mientras discuten cautelosas sus posturas y se preparan para cabildear y comunicar, buscando evitar que se apruebe en los términos propuestos.

Se avecina otra batalla legislativa importante. La iniciativa, con sus aciertos y errores, puede quedar atrapada en la maraña de intereses dentro y fuera del gobierno, entre cabilderos, defensores y detractores, rendidos ante la terca realidad de una industria vital para el futuro del país.

@JAlvarezFuentes

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