Integran en Constitución el derecho irrenunciable a ser buscado. (ARCHIVO)
Los legisladores locales integraron en la Constitución de Coahuila el derecho irrenunciable a ser buscado.
Los legisladores indicaron que la reforma al artículo 7º de la Constitución Política del Estado amplía los componentes del derecho de toda persona a ser buscada, específicamente en relación al derecho a buscar a favor de los familiares de las personas desaparecidas, así como al reconocimiento de las prerrogativas, a favor de las personas desaparecidas y sus familiares, referentes a ser identificadas, restituidas o reintegradas a sus núcleos familiares, así como a su participación social.
Y adicionar un artículo 115 Bis de la Constitución para reconocer a la búsqueda como una obligación y función fundamental del Estado a cargo de diversos actores institucionales a partir de estándares internacionales contenidos en instrumentos internacionales y en las resoluciones de organismos internacionales en la materia.
Se indicó que la desaparición de personas constituye un pluriofensivo delito que impacta profundamente en el ejercicio de diversos derechos de las víctimas, de sus familiares, como víctimas indirectas, y, en general, en el desarrollo de las sociedades en las que se observa como una práctica reiterada.
Reforma
La reforma al artículo 7 de la Constitución Política del Estado:
*Amplía los componentes del derecho de toda persona a ser buscada.
*Específicamente en relación al derecho a buscar a favor de los familiares de las personas desaparecidas.
*Así como al reconocimiento de las prerrogativas, a favor de las personas desaparecidas y sus familiares.
*Referentes a ser identificadas, restituidas o reintegradas a sus núcleos familiares, así como a su participación social.