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Exhortan a proteger identidad de menores afectados por hechos en Torreón

Además de evitar aquellas imágenes que propicien estigmatización de jóvenes

La Secretaría de Gobernación (Segob), a través de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, exhortó a los concesionarios de radio y televisión a no difundir imágenes, audios o datos personales de los menores afectados por el tiroteo en un colegio de Torreón, Coahuila. (ERNESTO RAMÍREZ)

La Secretaría de Gobernación (Segob), a través de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, exhortó a los concesionarios de radio y televisión a no difundir imágenes, audios o datos personales de los menores afectados por el tiroteo en un colegio de Torreón, Coahuila. (ERNESTO RAMÍREZ)

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La Secretaría de Gobernación (Segob), a través de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, exhortó a los concesionarios de radio y televisión a no difundir imágenes, audios o datos personales de los menores afectados por el tiroteo en un colegio de Torreón, Coahuila.

Recordó que la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGNNA) establece, entre otras cosas, que no deben no deben difundir imágenes, voz, nombre, datos personales, o cualquier otra referencia que permita la identificación de niños o adolescentes, aun cuando se modifiquen, difuminen o no se especifiquen sus identidades.

Recordó que de acuerdo con la citada legislación, está permitido difundir datos personales de niñas, niños o adolescentes relacionados con la comisión de un delito, ya sean autores, víctimas o testigos.

Además, debe evitarse la difusión de imágenes o noticias que propicien o sean tendientes a la discriminación, criminalización o estigmatización de niñas, niños y adolescentes, señaló en un comunicado.

La Sebob indicó que con base en la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, estas disposiciones son también aplicables a medios electrónicos sobre los que tenga control el concesionario.

Agregó que la Dirección General dará seguimiento puntual al cumplimiento de la referida ley a través del monitoreo correspondiente, de conformidad con las atribuciones que tiene en relación con la protección del derecho a la intimidad de niñas, niños y adolescentes.

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