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Emblemático fallo de la Corte: CNDH

Clave. La decisión de la Corte levantó polvareda entre los ambientalistas y Monsanto.

Clave. La decisión de la Corte levantó polvareda entre los ambientalistas y Monsanto.

AGENCIAS

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) calificó como "emblemática" la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de otorgar un amparo a comunidades de apicultores mayas de Campeche y Yucatán para suspender los permisos otorgados por el gobierno federal a la empresa trasnacional Monsanto para la siembra comercial de soya transgénica en dichas entidades.

Indicó que la determinación tomada por el máximo tribunal fue basada en los estándares internacionales del derecho a la consulta previa a los integrantes de comunidades indígenas.

Agregó que el derecho a la consulta previa, debe tener un desarrollo progresivo, por lo que, cuando se trata de megaproyectos o proyectos a gran escala que impactan de manera profunda a pueblos y comunidades indígenas, el Estado tiene la obligación de buscar el consentimiento libre, previo e informado, como el estándar de nivel de protección más alto.

Recordó que el 28 de julio de 2015, emitió la Recomendación 23/2015 al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), y presidente de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (Cibiogem) por la vulneración al derecho a una consulta libre, previa e informada en perjuicio de diversas comunidades indígenas.

En dicha recomendación la CNDH determinó que las autoridades responsables omitieron llevar a cabo una consulta libre, previa e informada en beneficio de los pueblos indígenas de las comunidades ubicadas en diversos municipios de Campeche, Quintana Roo, Yucatán, Tamaulipas, San Luis Potosí, Veracruz y Chiapas.

El miércoles, la Segunda Sala del máximo tribunal del país emitió un fallo en el que se establecieron una serie de criterios que obligan al Estado mexicano a respetar el derecho a la consulta de los pueblos indígenas cuando un proyecto, permiso o medida provoque un impacto significativo en sus comunidades.

Por votación unánime, los ministros concluyeron que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) violó el derecho a la consulta de las comunidades indígenas, consagrado en el artículo 2 de la Constitución.

Organizaciones celebran decisión de la Corte

Organizaciones defensoras de derechos humanos celebraron el amparo concedido por la Corte a comunidades mayas de Yucatán y Campeche, que suspende los permisos otorgados a la empresa transnacional Monsanto para sembrar soya transgénica, hasta que haya una consulta previa, libre e informada.

Luego de que este miércoles la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de los indígenas, y suspendió los permisos otorgados a la transnacional para sembrar soya transgénica en la Península, diversas organizaciones lo consideraron un logro histórico.

En un pronunciamiento firmado por el Centro Pro y la campaña "Sin Maíz no hay País", entre otras organizaciones, se establece que el pueblo maya obtuvo una victoria histórica en el camino a la construcción del estado pluricultural de derecho.

Junto con otras decisiones previas, esta que tomó el miércoles la Corte, marca el camino hacia un cambio legislativo y en política de Estado, donde el derecho a la consulta se garantice antes de tomar decisiones legislativas y administrativas que afecten a los pueblos y comunidades.

En los próximos días la sentencia será notificada y se darán a conocer en su totalidad sus efectos, pero por lo pronto, la consulta debe ser el mecanismo que posibilita la construcción de puentes para el diálogo en una sociedad culturalmente diversa.

Las organizaciones firmantes confiaron en que la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad, cumplan su obligación de garantizar la consulta previa, informada, libre y apegada a estándares internacionales.

Mientras tanto, el reconocimiento explícito al derecho a dicha consulta, constituye un importante precedente en materia de derechos humanos.

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