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Resuelve Suprema Corte que ASF tiene facultades para fiscalizar a Infonavit

Sin embargo, no puede revisar el dinero que se deposita en la subcuenta de vivienda

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) tiene facultades para fiscalizar al Infonavit para comprobar el debido ejercicio de su patrimonio. (ARCHIVO)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) tiene facultades para fiscalizar al Infonavit para comprobar el debido ejercicio de su patrimonio. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) tiene facultades para fiscalizar al Infonavit para comprobar el debido ejercicio de su patrimonio.

Durante la sesión de la Segunda Sala, los ministros rechazaron amparar al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) que argumentó que al ser una institución autónoma de la Administración Pública Federal (APF) y su patrimonio se conforma por recursos privados, no está sujeto a las revisiones de la ASF ya que "se rige por su propia ley".

Sin embargo, los ministros indicaron que los recursos del Infonavit son tripartita pues recibe aportaciones del gobierno federal, los trabajadores y los patrones.

Por ello, determinó que la ASF sí puede auditar el cumplimiento de los programas federales y el ejercicio de los recursos del Infonavit "por tener constitucional y legalmente una función social específica orientada en el ejercicio de los derechos de seguridad social, y a la vivienda".

"[Además puede revisar] Si el numerario que se percibe por las aportaciones de seguridad social se integra debidamente a las subcuentas de vivienda, esto es, que se hagan los depósitos que corresponden".

Sin embargo, la ASF no puede revisar el dinero que se deposita en la subcuenta de vivienda porque es propiedad de los trabajadores ni el diverso a esta subcuenta que está en las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), como lo son las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias.

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Escrito en: SCJN ASF

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