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Vacas y latifundio, desde el siglo XVI

JULIO CÉSAR RAMÍREZ

Yen el principio fueron las vacas. Dice Francois Chevalier: A la extraordinaria proliferación de las reses vacunas introducidas por los españoles se debe el principio de la gran propiedad en México.

Chevalier analiza en el Adendum a "La formación de los latifundios en México": Fuera de los metales preciosos los recién llegados casi no habían encontrado más que los cueros como moneda de cambio con Europa. La colonia favoreció entonces la multiplicación de los ganados que, instalados en los alrededores de México, ganaron las costas húmedas del Atlántico después de 1540, en seguida las estepas del norte, posesión de los indios nómadas, donde se comenzaba a explotar las minas de plata, grandes consumidores de pieles.

Y es que los cabildos de las nuevas ciudades, sobre todo la de México, y bien pronto sólo el virrey, comenzaron a distribuir concesiones de "sitios" o "estancias" para responder a las demandas de los criadores deseosos de tener títulos sobre las vastas extensiones donde ya pacían sus ganados, al mismo tiempo que para ejercer un control y poner orden en esta ocupación de tierras efectuada a menudo a expensas de los indígenas.

¿Qué sucedió? Al principio los límites de las estancias eran tan imprecisos como los derechos sobre la tierra, lo que era natural en un vasto país nuevo, donde por añadidura el gobierno español cuidaba de no comprometer demasiado el porvenir, mientras que en la misma península el mismo proceso de apropiación y cercado de los pastos era un fenómeno relativamente reciente, que no estaba concluido y era muy discutido.

Pero la realidad americana se imponía poco a poco, y a partir de 1563 comenzaban los virreyes a reconocer oficialmente las dimensiones ya indicadas por el cabildo de México: un cuadrado de una legua castellana de lado, a sea alrededor de 1750 hectáreas para la estancia de ganado mayor.

El pasto allí era común, se decía, pero solamente para aquellos que tenían estancias en las proximidades, y esto porque era prácticamente imposible cercar vastas extensiones y acorralar los ganados de cada criador, únicamente reconocibles por su hierro.

Por otra parte, cada propietario de ganado disponía de espacios mucho más vastos que una legua cuadrada, sea porque había obtenido sitios contiguos, sea porque de hecho ocupaba muchas más tierras, porque las concesiones habían sido otorgadas al azar de las demandas, dejando entre ellas espacios intermedios, de los que se apropiaban los vecinos.

No hay que admirarse -dice Chevalier- de las grandes dimensiones oficialmente dadas a las estancias y de la tolerancia de las autoridades que las veían extenderse a espacios más vastos todavía: cuando una vaca no tenía otro valor que el de su piel -del cual se deducía el precio del transporte para España-, la cría de ganado sólo podía ser remuneradora en gran escala. Aún hoy -escribió en 1960- una reforma agraria radical no pudo menos que dejar subsistir grandes propiedades de cría en las regiones poco pobladas de México -estepas o selva- representando éste el único modo de utilizar la tierra. Sucedió casi lo mismo en todos los "países nuevos" que se abrieron a la expansión europea, incluyendo a veces en esto a los Estados Unidos en el siglo XIX.

Es así como en el siglo XVI los criadores mexicanos tenían corrientemente 20 mil, 30 mil… 100 mil vacas o más todavía, en las estepas del norte o hacia las costas tropicales.

Así, más o menos pronto, según las regiones, las distancias y las dificultades de acceso, esta época pastoril comienza a dar paso a aquélla de la hacienda semifeudal, que conservó su carácter sobre todo en el norte.

El poder virreinal favorecía una verdadera toma de posesión del suelo, porque ello representaba un progreso, un poco como en el siglo XX en los llanos venezolanos, cuando doña Bárbara fue vencida por las alambradas de los nuevos propietarios. Las estancias y tierras de pastoreo se cerraban en grandes propiedades, donde los cultivos tenían algún lugar al lado de los rebaños.

En la misma época los títulos reales de "composiciones" de los siglos XVII-XVIII, vendidos por un Estado en bancarrota, implantaban irrevocablemente la gran propiedad allí donde no había habido más que un derecho preferencial de pasto en provecho de los herederos de "hombres ricos y poderosos", mineros afortunados, descendientes de "encomenderos", altos funcionarios, o comerciantes privilegiados, que eran precisamente "los señores de rebaños".

@kardenche

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