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El dictamen sobre el informe de la ASE (II)

JUAN ANTONIO GARCÍA VILLA

La Auditoría Superior del Estado (ASE) presentó su "Informe Anual de Resultados" de la revisión que practicó a la Cuenta Pública de 2017, correspondiente ésta tanto a las diversas dependencias estatales como municipales, las cuales suman 144.

En términos de lo que disponen la Constitución local y la ley de la materia (llamada de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior), ese Informe debe a su vez ser analizado y objeto de dictamen por parte de la comisión legislativa denominada de Auditoría Gubernamental y Cuenta Pública, que yo coordino. Para emitir ese dictamen la Comisión dispone de 60 días naturales.

Dentro del término establecido, la referida Comisión conoció y aprobó en lo general y por unanimidad de los siete miembros que la integran, el respectivo dictamen. Quizá el señalamiento más importante que en el dictamen se hace a la tarea realizada por la ASE sea el siguiente:

Al llevar a cabo sus auditorías, visitas e inspecciones programadas para revisar la Cuenta Pública de 2017, la ASE encontró numerosas irregularidades. Éstas les fueron comunicadas por la propia ASE a las dependencias donde se detectaron a través de "pliegos de observaciones" y les concedió, de acuerdo con la ley, 15 días hábiles e improrrogables para solventarlas. Es decir, para que las aclaren, justifiquen o expliquen satisfactoriamente; para probar que no hay irregularidad alguna.

Muchas de esas observaciones derivadas de irregularidades no quedaron solventadas. Otras sí, de las que por cierto no se informa su número y sus respectivos montos que quedaron aclarados. De las que sí se informa su valor es de las que finalmente no fueron solventadas. Y se reporta que su monto asciende nada menos que a 9 mil 312 millones de pesos por irregularidades encontradas en 125 de las 144 entidades auditadas.

Sólo para tener una idea de lo que significan 9 mil 312 millones de pesos, valor de las irregularidades no solventadas, representan más de la quinta parte del presupuesto estatal de egresos ejercido en dicho año de 2017. No es pues una cantidad menor.

Una vez que las observaciones derivadas de irregularidades no quedaron solventadas en el término establecido por la ley, ésta dispone que se presume la existencia de hechos o conductas que tuvieron como efecto producir daños o perjuicios a la hacienda pública o al patrimonio de las entidades auditadas.

En tales casos, también de acuerdo con la ley, la ASE debió promover ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, o bien ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado o bien ante los respectivos órganos internos de control, la imposición de sanciones que correspondan. Por otro tipo de situaciones debió presentar denuncias o querellas ante la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción y, de ser el caso, denuncias de Juicio Político ante el Congreso del Estado. No lo hizo.

Pues bien, en lugar de proceder como debió hacerlo y dar con ello cumplimiento a lo ordenado por la ley, por sí y ante sí la ASE optó por la omisión. Así, en su Informe de Resultados entregado al Congreso el pasado 21 de diciembre (tomo Ejecutivo, pág. 78), incluye dos párrafos de antología cuyo contenido se transcribe a continuación:

"Con motivo de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente a 2017, esta Auditoría Superior advirtió que en diversas entidades fiscalizadas [nada más el 82 por ciento de éstas] prevaleció insuficiencia en el interés administrativo [nótese el eufemismo que emplea] para solventar las observaciones realizadas, no obstante contar con plazos legalmente establecidos para tal efecto".

Y el otro párrafo dice así: "Por lo anterior y con el propósito de que este órgano fiscalizador se encuentre en aptitud de contar con toda la información que compruebe y justifique la gestión financiera de las entidades, se solicita al H. Congreso del Estado otorgue a las entidades que se señalan [nada menos que 125 de 144] un plazo adicional de 60 días naturales para que presenten toda la información y/o documentación necesaria respecto a las observaciones que no fueron solventados".

Confesión más clara y categórica del incumplimiento de la ley no puede haber. Y además confesión escrita y en un documento oficial destinado a tener amplia difusión. Por absurdo que esto parezca, así es.

Peor aún, pues como vimos en el artículo anterior, cuando menos hasta la mitad del año que nos ocupa, 2017, la ASE tuvo la facultad -y la obligación- de imponer directamente las correspondientes sanciones por la irregularidades detectadas y no solventadas, así como para determinar los importes a resarcir por los daños y perjuicios causados a la hacienda pública, lo cual tampoco hizo.

De lo que se da cuenta en el presente texto es de apenas de uno de los señalamientos contenidos en el dictamen de la Comisión de Auditoría Gubernamental y Cuenta Pública. Pero hay más.

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Escrito en: Juan Antonio García Villa

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