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Establece IEPC topes de campaña en municipios

En Gómez Palacio, el tope de gastos es de 10 millones de pesos, en Lerdo es de 4 millones

El IEPC estableció los topes de gastos de campaña en los 39 ayuntamientos. (EL SIGLO DE TORREÓN)

El IEPC estableció los topes de gastos de campaña en los 39 ayuntamientos. (EL SIGLO DE TORREÓN)

MA. ELENA HOLGUÍN

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) del Estado de Durango, estableció los topes de gastos de campaña para cada uno de los 39 municipios, con motivo de las elecciones de este año.

Ayer, en sesión del Consejo General del organismo público local electoral, se determinó que en el caso de Gómez Palacio, el tope de gastos de campaña será de 10 millones 517,372.40 pesos; en Durango será de 19 millones 630,336.10 pesos, mientras que en Lerdo será de 4 millones 473,840.95 pesos.

Estos tres municipios forman parte del grupo uno, en los cuales arrancaron primero las precampañas y de igual forma será con relación a las campañas. Dicho criterio se aplicó en función de que estos tres municipios concentran la mayor cantidad de habitantes de toda la entidad federativa.

De acuerdo con el calendario electoral aprobado por el IEPC, las precampañas iniciaron el pasado sábado dos de febrero y terminarán el seis de marzo.

Las campañas en este primer grupo arrancarán el día 10 de abril y concluirán el 29 de mayo; en el segundo grupo arrancarán el 20 de ese mismo mes y en el tercero grupo se iniciarán el día 30, para terminar el 29 de mayo.

En el caso de los candidatos independientes, se resaltó la necesidad de que el Congreso del Estado analice la legislación local, a efecto de que éstos tengan condiciones de equidad respecto a las candidaturas de los partidos políticos.

Esto, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó inaplicar el artículo 399 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, donde se establece la regla de financiamiento privado que pueden recibir los candidatos independientes, que considera un 10 por ciento de los topes de campaña para los partidos.

Esta resolución se hizo considerando que dicha disposición es inconstitucional.

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