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Pertinentes propuestas desechadas

JUAN ANTONIO GARCÍA VILLA

El pasado lunes 31 de diciembre el Congreso del estado de Coahuila celebró la última sesión de su primer año legislativo. Entre otros asuntos, en esa sesión se desahogaron las cinco iniciativas que integran el llamado "paquete económico", presentadas por el gobernador el 30 de noviembre.

Una de esas cinco iniciativas dictaminadas por la Comisión de Hacienda fue la de la Ley de Ingresos del Estado para el ejercicio fiscal 2019. Esta corresponde a un ordenamiento que año con año debe aprobar la Legislatura local para darle vigencia a los principios de anualidad y de legalidad previstos por nuestro régimen constitucional en materia tributaria.

Es decir, que en lugar de someter cada año a discusión y aprobación, en su caso, todas y cada una de las diversas leyes que contienen tributos, basta con aprobar una sola ley que los contenga a todos, en una lista o catálogo que los enuncie, para que conserven su vigencia durante el año fiscal de que se trate.

Esa ley de ingresos para 2019 fue votada a favor en lo general por unanimidad, con mi voto en contra de tres de los diez artículos que la componen. A saber: los artículos 1, 6 y 9.

Del art. 1 objeté que en el catálogo de los ingresos a percibir se incluyan "impuestos al comercio exterior" y por "endeudamiento externo". Por lo que hace al primer concepto, es bien sabido que la materia de imponer gravámenes a las importaciones y exportaciones por disposición constitucional (arts. 73-XXIX inciso 1° y 131) es facultad exclusiva de la Federación.

En efecto, de manera categórica el art. 131 de la Constitución General de la República dice: "Es facultad privativa de la Federación gravar las mercancías que se importen o exporten, o que pasen de tránsito por el territorio nacional". Bueno, pues a pesar de la claridad del precepto la ley de ingresos de Coahuila para 2019 incluye impuestos al comercio exterior y no sólo eso sino ¡hasta calcula su importe! que hace consistir en 1 millón 116 mil pesos. Sería bueno saber cuáles son esos impuestos estatales y quiénes los pagarán.

Por lo que hace a los ingresos estatales por endeudamiento externo, que por fortuna el renglón está en cero pesos, cabe recordar que el art. 117 constitucional establece que "Los estados no pueden en ningún caso: Contraer directa o indirectamente obligaciones o empréstitos con gobiernos de otras naciones, con sociedades o particulares extranjeros, o cuando deban pagarse en moneda extranjera o fuera del territorio nacional". ¿Entonces por qué incluir posibles ingresos por endeudamiento externo en la ley de ingresos de Coahuila?

Del art. 6 impugné el texto propuesto por el gobernador; que dice: "Se autoriza al Ejecutivo del Estado para que por conducto de la Secretaría de Finanzas, afecte en garantía y/o fuente de pago de todas y cada uno de las obligaciones que contraiga por los créditos o empréstitos que contrate como deudor directo o contingente, sus ingresos derivados de contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos y/o participaciones que en ingresos federales le correspondan al Estado…".

Para no otorgar una especie de cheque en blanco al gobernador, otorgamiento que tantos perjuicios le ha causado a Coahuila, en lugar del texto transcrito propuse la redacción siguiente: "Cuando el Ejecutivo del Estado contraiga créditos o contrate empréstitos como deudor directo o contingente, solicitará en cada caso autorización al Congreso del Estado si afecta en garantía sus ingresos derivados de contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos o participaciones en ingresos federales que correspondan al Estado".

La anterior propuesta es tan clara y procedente que no requiere de explicación alguna o de mayores comentarios.

Y por último el art. 9. Éste confiere a la Secretaría de Finanzas la facultad de "cancelar créditos fiscales por razones de incosteabilidad en el cobro o por insolvencia del deudor o de los responsables solidarios".

Como un último párrafo de este artículo propuse uno que dijera lo siguiente: "De estas cancelaciones se dará cuenta pormenorizada al Congreso, según se registren, en el correspondiente informe trimestral de avance de la gestión financiera, así como un sumario en la cuenta pública del ejercicio"

Pues ninguna de mis propuestas (ni siquiera otra sólo para enmendar un evidente error de sintaxis) pasó. Registraron la votación en contra de los diputados priistas y sus tradicionales aliados, el voto en abstención de mis compañeros de Acción Nacional y del par de legisladores de la UDC. Sólo el mío fue a favor.

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Escrito en: Juan Antonio García Villa

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