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Pavlovich intenta avasallar al Congreso

JESÚS CANTÚ

La reforma a la constitución del estado de Sonora aprobada el pasado miércoles 8 de agosto por el Congreso estatal, donde los diputados priistas y panistas conforman el 85% del mismo, cercena las atribuciones del Poder Legislativo para intentar someter a la próxima legislatura en la que Morena tendrá la mayoría.

De acuerdo al dictamen emitido por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales el pasado 8 de julio, las nuevas disposiciones constitucionales establecen una serie de privilegios al Poder Ejecutivo y candados para acotar la acción del Congreso. Las nuevas atribuciones de la gobernadora se otorgan principalmente en la materia presupuestal, mientras los candados se establecen en las atribuciones del Congreso.

Más allá del veto total o parcial que puede hacer el Ejecutivo al presupuesto estatal, la reforma constitucional establece en la fracción XXII del artículo 64, que todo proyecto de ley o decreto que se someta al Congreso debe contar con "un dictamen de estimación del impacto presupuestario" y éste, de acuerdo a la fracción IX del artículo 79, lo emite el gobernador por conducto de la Secretaría de Hacienda; y, en el mismo artículo pero en la fracción VII, señala que "el principio de Balance Presupuestario Sostenible tendrá prioridad sobre cualquier afectación del presupuesto que hagan las leyes o reglamentos."

Así el gobernador, en los hechos, primero puede objetar cualquier proyecto de ley o decreto por la vía de la emisión de un dictamen negativo y, después, en caso de que los legisladores la hayan aprobado, incluso en esas condiciones, puede dejar de aplicarla bajo el pretexto de que impacta el "Balance Presupuestario Sostenible".

Pero también puede modificar el presupuesto de egresos unilateralmente, pues en la nueva fracción XII del mismo artículo señala: "Autorizar, por sí o por conducto del Secretario de Hacienda, la transferencia, reasignación de recursos y otorgar ampliaciones respecto de los montos originales asignados a los programas que integran el Presupuesto de Egresos."

Y para evitar que un plan de austeridad del próximo Congreso, con mayoría de legisladores de Morena, haga reformas a la estructura administrativa del Ejecutivo agrego un cuarto párrafo al artículo 81, que dice: "Las dependencias de la administración pública directa y las entidades creadas por decreto legal o del Ejecutivo, solamente podrán ser suprimidas o modificadas por iniciativa del propio Ejecutivo."

Mientras tanto en los candados que establece al Congreso destaca, entre otros, el segundo párrafo agregado al artículo 50, para establecer: "Las comisiones de dictamen legislativo de Gobernación y Puntos Constitucionales, las de Hacienda, la de Justicia y Derechos Humanos y la de Presupuestos y Asuntos Municipales y la de Fiscalización, deberán ser presididas en cada Legislatura por diputados integrantes de distintos grupos parlamentarios, por lo que un grupo parlamentario no podrá presidir más de una de dichas comisiones."

Así aunque Morena tendrá el 60% del próximo Congreso (20 de 33 diputados) únicamente podrá presidir una de estas comisiones legislativas y, de acuerdo a esta nueva disposición, tendrá que ceder las otras 4 a los otros grupos parlamentarios, sin importar el número de legisladores que tengan.

Otra reforma en el mismo sentido es la establecida en la fracción XVII del artículo 64, que establece las facultades del Congreso, al señalar que al designar a un gobernador sustituto: "A fin de respetar la voluntad popular, el ciudadano que sea designado por el Congreso, en su carácter de Colegio Electoral, deberá ser a propuesta del grupo parlamentario del partido que postuló al Gobernador, salvo el caso de candidaturas independientes."

En este caso si la gobernadora actual tuviese que ausentarse por cualquier motivo más de 90 días, en su lugar habría que nombrar a una persona propuesta por la fracción parlamentaria del PRI que será la cuarta fuerza en el Congreso local, después de Morena, PAN y PT.

Por otra parte, una de la reformas más promocionadas por los apoyadores de la misma es la eliminación del fuero, tal como lo establecen en el artículo 146 de la Constitución, sin embargo, se olvidan de señalar que reformaron totalmente el artículo 143 de la misma Constitución para dificultar la remoción de los servidores públicos que violen la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, que para efectos prácticos se convierte en una especie de fuero, pues aunque pueden estar sujetos a un juicio o procedimiento administrativo, se mantendrán en su puesto y ejerciendo las funciones.

El último párrafo de dicho artículo precisa que el procedimiento de remoción "solo podrá ser iniciado a petición del Congreso del Estado por votación de dos terceras partes" y que resolverá su procedencia o no el Tribunal de Justicia Administrativa, cuyas resoluciones serán definitivas e inatacables. Con esta nueva disposición, se aseguran que su remoción la tienen que decidir Magistrados en cuya designación participó el Ejecutivo y la actual legislatura, todavía controlada por el PRI y PAN.

La motivación de la reforma constitucional es intentar evitar que la nueva legislatura, en el que los partidos integrantes de la coalición Juntos Haremos Historia tendrán la mayoría, pueda cumplir libremente con su función legislativa y de control y equilibrio del Poder Ejecutivo. Seguramente será el Pleno de la Suprema Corte de Justicia el que tendrá que resolver la constitucionalidad o no de estas nuevas disposiciones, pero es una realidad que se trata de una contrarreforma que pretende constitucionalizar la supremacía del Poder Ejecutivo.

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