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TLCAN y el gran poder de las corporaciones

Yo río libre

JULIO CÉSAR RAMÍREZ

A la tercera ronda de renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), del 23 al 27 de septiembre en Ottawa, los gobiernos de Estados Unidos (EU), Canadá y México irán por los primeros acuerdos, a marchas forzadas para concluir las siete etapas de conversación en diciembre, pero no parecen dispuestos a eliminar ni a modificar de manera sustancial los muy polémicos y trascendentales capítulos 19 y 11 de solución de controversias conocidos por sus siglas en inglés ISDS, investor-state dispute settlement, mecanismo donde radica un gran poder de las grandes corporaciones por encima de los países, porque permite a las multinacionales denunciar a los Estados ante un tribunal de arbitraje privado cuando sus regulaciones les perjudican.

El mecanismo ISDS otorga a las corporaciones multinacionales el poder de demandar a los gobiernos ante un panel de tres árbitros, generalmente abogados de las grandes empresas privadas, los cuales tienen amplia posibilidad de ordenar a los demandados que paguen a las transnacionales sumas ilimitadas de dinero, incluso por la pérdida de beneficios futuros esperados. Es, en realidad, un sistema de "justicia" fuera de los tribunales de los países, manipulado a favor de las multinacionales.

Esto significa que si los ejecutivos de las corporaciones deciden que las leyes y políticas de Estados Unidos, México o Canadá, protectoras de la salud pública o el medio ambiente, violan sus derechos de inversión bajo el TLCAN, pueden demandar a los gobiernos y potencialmente recibir cantidades ilimitadas de dinero a través de sus abogados, que suelen supervisar y hacer lobby en los secretos tribunales creados a partir del mecanismo ISDS.

En 23 años, los contribuyentes de los tres países integrantes del TLCAN han pagado cientos de millones de dólares a las corporaciones por denuncias relacionadas a legislaciones que limitan las exposiciones tóxicas o por políticas públicas que protegen el medio ambiente, la salud pública y derechos digitales, entre otros.

Si en 1997 -tres años después de la entrada en vigor del TLCAN- el mecanismo ISDS tenía 19 casos conocidos de denuncia por parte de inversionistas, en la actualidad gira en torno a los 600.

Es un mecanismo unidireccional: sólo la empresa extranjera puede denunciar al Estado ante los tribunales, y no al contrario, aunque estas corporaciones hayan violado derechos humanos, legislación ambiental, de salud, laboral u obtenido autorizaciones mediante información inconsistente, incompleta, omisa y, en consecuencia, falsa.

Aún más: las decisiones de los abogados corporativos constituidos en tribunal para dirimir controversias no están sujetas a apelación.

El mecanismo ISDS proliferó en muchos tratados de libre comercio alrededor del mundo a partir del TLCAN de 1994, hasta llegar en la actualidad a 2 mil 811 al calor de la expansión de las políticas neoliberales. Pero su origen se remonta a 1959, cuando Alemania firmó el primer Tratado Bilateral de Inversión con Pakistán.

El TLCAN prevé que se puedan utilizar otros foros para dirimir controversias. De esta manera, la corporación demandante podrá escoger entre las instancias que prevé la Organización Mundial de Comercio (OMC) para la solución de controversias o los tribunales arbitrales contemplados en el TLCAN.

Es sabido que más allá del TLCAN, las corporaciones han creado una instancia judicial transnacional que puede doblegar a cualquier Estado de todo país. La instancia cumbre es el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias en Materia de Inversiones, CIADI, institución del Banco Mundial creada en 1966 pero revivida en los años recientes de florecimiento neoliberal.

Un caso conocido es el de la corporación Metalclad ante el CIADI, donde éste estableció el 30 de agosto del año 2000 una sanción de 16 millones 685 mil dólares al gobierno de México por no autorizar un basurero para desechos peligrosos que afectaba ecosistemas y la salud de la población de Guadalcázar, San Luis Potosí.

El CIADI es un tribunal que toma partido siempre por las transnacionales, antidemocrático y extremadamente caro.

Hasta el año 2010, sólo en dos de 110 casos se permitieron audiencias públicas, pese a que la mayoría de las demandas estaba relacionada con la explotación de bienes naturales estratégicos de los pueblos, y con servicios esenciales que son de interés público.

Tal poder corporativo quedaría intocado en la renegociación del TLCAN.

@kardenche

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