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Definirán distancias de las gasolineras

Regulación. Se revisa la propuesta para reglamentar el establecimiento de gasolineras.

Regulación. Se revisa la propuesta para reglamentar el establecimiento de gasolineras.

MA. ELENA HOLGUÍN

Se sigue trabajando en la revisión de la propuesta para reglamentar el establecimiento de gasolineras en el municipio, con lo cual se pretende hacer efectiva la Norma Oficial Mexicana vigente en función de que ya se tienen solicitudes de empresas extranjera para brindar este servicio, como resultado de la apertura energética.

En días pasados, se efectuó un último análisis de la iniciativa que presentó el regidor de extracción panista, Carlos Rosales por parte de los titulares del Sistema Descentralizado de Agua Potable y Alcantarillado (Sideapa), Adelmo Ruvalcaba; de Obras Públicas, Fernando Uribe y de Protección Civil, Alonso Gómez Vizcarra.

El regidor señaló que uno de los puntos que aún está pendiente por definir es el relacionado con las distancias entre las despachadoras de combustible, que en el caso del área urbana se propone un rango de 2 mil a 4 mil metros y de 10 mil metros en el caso de las que se establezcan en las comunidades rurales, considerando también las de autoservicio o aquéllas que forman parte de establos o predios ganaderos.

Aunque la propuesta de reglamento considera dichos rangos de distancia, se podrían reducir con base en la situación geográfica del municipio de Gómez Palacio.

También se considera una distancia mínima de 150 metros de escuelas, hospitales, mercados, auditorios, iglesias y cualquier otro sitio de concentración masiva.

Se propone además que las bardas perimetrales o colindantes tengan una altura de tres metros, como una medida adicional a todas las relacionadas con la seguridad que se deben observar. Se plantea la construcción de gasolineras para el caso de las zonas urbanas y rurales, con determinadas medidas en frentes y superficies.

También se deberán establecer a una distancia mínima de 30 metros de líneas de alta tensión, paso del ferrocarril y de productos derivados del petróleo.

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