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Los niños y los spots de los partidos

Benito Nacif

¿Cómo salvaguardar la imagen y los derechos de los menores que aparecen en la propaganda de los partidos y candidatos?

En 2015 se presentó la primera denuncia por la aparición de menores de edad en los spots pautados por un partido político. Morena denunció al PAN por la posible afectación al interés superior del menor y la violación a sus derechos a la imagen. Como la aparición de menores en la propaganda es una práctica común, se presentaron más quejas.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se pronunció respecto a este tema, declarando las quejas fundadas. Sostuvo que el derecho a la imagen de las niñas, niños y adolescentes está vinculado con otros derechos, como a la intimidad, al honor y al desarrollo de su personalidad, los cuales pueden resultar lesionados por su aparición en los spots de los partidos.

Además, el TEPJF ordenó al INE emitir lineamientos que establecieran los requisitos que la propaganda político-electoral debía cumplir cuando aparecían menores en ella. El pasado 26 de enero, el Consejo General del INE aprobó dichas normas. En su parte sustancial, impuso a partidos y candidatos la obligación de recabar el consentimiento de los padres o tutores, así como la opinión informada de los niños mayores de 6 años sobre su aparición en los mensajes.

Con sus sentencias, el Tribunal Electoral planteó un problema válido e importante: ¿cómo salvaguardar la integridad y proteger los derechos de los menores que aparecen en la propaganda de los partidos y candidatos? Lo hizo, sin embargo, no a partir de la queja presentada por el padre o tutor de alguno de los afectados, sino para resolver un litigio entre partidos que buscan aprovechar cualquier oportunidad jurídica para sacar ventaja en la contienda electoral. Los lineamientos que el Tribunal ordenó al INE emitir, tienen ya dos meses de aplicación, y en este período se advierten consecuencias que vale la pena analizar.

En primer lugar, las regulaciones para la protección de los menores que aparecen en los spots de los partidos han tenido como efecto el aumento del litigio en materia electoral. Las presuntas violaciones a estos lineamientos se han convertido en la tercera causa de presentación de quejas ante el INE y han desplazado a las denuncias en materia de propaganda gubernamental o calumnia. Las quejas han sido presentadas invariablemente por unos partidos contra otros. Cuando buscan que un spot en el que aparecen menores salga del aire, denuncian que el partido que lo pautó incumplió la obligación de presentar los permisos correspondientes. Hasta ahora no se ha presentado una sola queja por la posible afectación al desarrollo integral del menor o por colocarlo en alguna situación de riesgo.

En segundo lugar, es precipitado concluir que los derechos de los menores que aparecen en los spots están mejor protegidos debido a la intervención de las autoridades electorales. El principal motivo por el que se presentan las quejas es de carácter político electoral. Al presentarlas, los partidos buscan detener la difusión de alguna campaña de sus oponentes, lo que pueden conseguir con facilidad si se omitió recabar el consentimiento de los padres y los menores de acuerdo con las regulaciones emitidas por el INE, o si cometió un error al hacerlo.

En tercer lugar, la experiencia en la aplicación de las regulaciones muestra que ampliar ilimitadamente el interés jurídico para la presentación de quejas puede tener efectos perversos. Uno de ellos es el aumento de la litigiosidad, con los subsecuentes costos que debe absorber la hacienda pública. Otro no menos importante es que los beneficios no lo reciben aquellos a quienes la ley busca proteger (los menores), sino quienes tienen capacidad de usar garantías de justicia de acuerdo a sus intereses (los partidos). Finalmente, tenemos el efecto silenciador de añadir requisitos y trabas a la ventilación de asuntos de interés público en los spots de los partidos.

(Consejero electoral

del INE)

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se pronunció respecto a este tema, declarando las quejas fundadas. Sostuvo que el derecho a la imagen de las niñas, niños y adolescentes está vinculado con otros derechos, como a la intimidad, al honor y al desarrollo de su personalidad, los cuales pueden resultar lesionados por su aparición en los spots de los partidos.

(Consejero electoral del INE)

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