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¿Qué se podrá deducir?

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¿Qué se podrá deducir?

LIBRADO OCTAVIO GARCíA AYMERICH

Durante esta semana se realizarán en este espacio algunos apuntes sobre la Reforma Fiscal 2014 con el objetivo de que los lectores de El Siglo de Torreón estén bien informados sobre lo que se tiene qué pagar a Hacienda para el próximo año. Continuamos con el análisis general de algunos de los cambios relacionados con el Impuesto sobre la Renta ( ISR ).

Dividendos

Se establece un nuevo gravamen del 10% por los dividendos o utilidades recibidos por personas físicas de personas morales residentes en México, se establece un tratamiento especial para las utilidades generadas hasta 2013.

El impuesto tendrá el carácter de definitivo y será enterado por la persona moral.

Para la declaración del ejercicio continuará la obligación de las personas físicas de acumular el dividendo recibido multiplicado por el factor de piramidación, sin embargo es posible que les resulte un ISR a cargo, por lo cual es importante efectuar un análisis de la conveniencia de repartir dividendos o no en 2013.

Apuntes extra

Contabilidad simplificada. Se restringe la posibilidad de llevar contabilidad simplificada a aquellos con ingresos menores a $ 2'000, 000

Pagos provisionales de arrendadores. Se establece nuevamente la posibilidad de efectuar pagos trimestrales para aquellos que reciban ingresos exclusivamente por arrendamiento de inmuebles que no rebasen diez veces el salario mínimo del distrito federal, al salario actual equivale a $ 19, 687.04

Enajenación de bienes. Se establece la obligación de emitir un comprobante fiscal, recordando que actualmente vía la resolución miscelánea existe la alternativa de considerar la escritura pública como el comprobante fiscal.

Adquisición de bienes y premios. Se establece la obligación de emitir un comprobante fiscal que incluya el monto total de la operación así como el ISR retenido y enterado.

Maquiladoras. Se establecen nuevos requisitos para tener derecho a un trato preferencial, así mismo continúa la posibilidad de utilizar el denominado safe harbor.

Enajenación de acciones a través de la Bolsa Mexicana de Valores

A partir de 2014 se establece un ISR del 10% a la utilidad por enajenación de acciones que realicen las personas físicas a través de la Bolsa Mexicana de Valores y otros supuestos, la ganancia tendrá que ser determinada por los intermediarios financieros.

La ganancia por enajenación de acciones celebradas en la bolsa por las Siefores no pagará este impuesto.

Régimen simplificado

Se substituye por otro régimen similar y se establece que en el futuro se podrán a conocer facilidades de comprobación.

Se otorga una exención en el pago del ISR pero hasta un limite de ingresos de hasta 423 veces el salario mínimo del área geográfica del contribuyente elevado al año.

Deducciones

Se establece como requisito que el pago sea de una cuenta del contribuyente.

En forma inexplicable se elimina la posibilidad de que el estado de cuenta pueda ser considerado como comprobante fiscal para soportar una deducción.

Se elimina para la mayoría de los activos fijos la deducción inmediata de inversiones, lo cual traerá como consecuencia que las empresas pierdan el incentivo de invertir en bienes de activo fijo contribuyendo a la desaceleración de la economía.

Se limita la deducción de automóviles hasta $ 130, 000 en sustitución de los actuales $ 175, 000, esta medida no tiene justificación alguna ya que el límite actual resulta ya muy reducido. Cabe señalar que actualmente el Congreso de la Unión en forma irracional y desproporcional tiene arrendados vehículos para los legisladores de un monto muy superior a los $175, 000 pesos, entonces volvemos al comentario de que en tanto no se eficiente el uso de los recursos a los tres niveles de gobierno y se den los cambios primero en los gobiernos, no habrá dinero que alcance.

Si usted está pensando en cambiar de automóvil en corto tiempo es mejor lo haga en 2013 para lograr una mayor deducción, así como contemplar alguna alternativa para lograr una deducción del 100% de la erogación que realice en equipo de transporte.

En cuanto al arrendamiento de vehículos se limita el monto diario de renta a $ 200 diarios en sustitución de los $ 250 actuales. Los vales de despensa serán deducibles a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT, por lo cual quienes actualmente manejan el sistema de vales deberán ir cambiando ya a monederos electrónicos.

Se elimina como deducción las cuotas obrero del IMSS que pague el patrón por cuenta de su trabajador.

Sueldos y salarios

Se disminuye el monto del subsidio al empleo afectando al ingreso neto de los trabajadores de hasta de cuatro salarios mínimos.

Esto generará una problemática en la relación patrón-trabajador, aunado a la no deducibilidad del 47% de las prestaciones que se encuentran exentas para los trabajadores.

Es necesario que las empresas hagan a la brevedad una corrida de cómo afectará esto para 2014 y cómo se le hará frente.

A partir del año entrante será necesario emitir comprobantes fiscales de los sueldos pagados, esto también elevará los costos administrativos para los contribuyentes, habrá que evaluar la conveniencia de la periodicidad del pago de la nómina.

El pago de salarios deberá realizarse a través del sistema financiero cuando éste rebase $ 2, 000, salvo que se efectúe en poblaciones o zonas rurales sin servicios financieros.

Especialista fiscal

Instituciones dedicadas a la enseñanza

Las sociedades o asociaciones civiles dedicadas a la enseñanza podrán ser consideradas como no contribuyentes de ISR siempre y cuando mantengan u obtengan autorización del SAT para recibir donativos deducibles, en su caso es conveniente evaluar el ir tramitando la correspondiente solicitud, no si antes evaluar los compromisos que se adquieren al obtener la autorización para recibir donativos.

¿Sabía que?

El impuesto sobre la renta (ISR) es un impuesto que grava los ingresos de las personas, empresas, u otras entidades legales. Cuando el impuesto sobre la renta se aplica a una compañía, se suele llamar impuesto a las empresas o impuesto sobre los beneficios. (Agencias)

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Escrito en: IVA deduccion de impuestos

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