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Erigir juicio a petroleros sería desacato judicial

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MÉXICO, DF.- El PRI en la Cámara de Diputados asumió la defensa de los legisladores petroleros y apoyó al presidente de la Mesa Directiva, el panista Armando Salinas Torre, para no erigir al Jurado de Procedencia y desaforar al senador Luis Ricardo Aldana.

Rafael Rodríguez Barrera, coordinador de los diputados del Partido Revolucionario Institucional (PRI), dijo que “tiene razón el presidente de la Cámara, al declarar que no puede convocar a Sesión para constituirse en jurado y conocer el dictamen de la Sección Instructora porque incurriría en desacato judicial y seguramente los propios diputados también, porque la suspensión es clarísima”.

Añadió que el PRI ha invitado a la Cámara a que por ningún motivo viole esa suspensión, “porque se incurre en un delito, tiene razón el presidente de la Cámara de Diputados al no convocar para ese fin mientras haya una suspensión”.

Luego, criticó al Partido Acción Nacional (PAN) que presentó la semana pasada un punto de acuerdo para exhortar al Juez que dictó la sentencia para que no dicte amparos en contra de la Cámara. “Esto es absurdo, esto es decirle a un Juez, no ejerzas tu función para la que tienes el compromiso de juzgar, como es el cumplimiento y el otorgamiento del juicio de amparo”, añadió.

Rodríguez Barrera consideró que, a pesar de la resolución del juez entregada el miércoles a la Cámara de Diputados en donde afirma que no se ha violado la suspensión, la Sección Instructora sí lo hizo al emitir su dictamen.

Esto, explicó, “porque el fundamento del Juez para otorgar la suspensión contra de la Cámara, es la irreparabilidad del daño que se puede causar al afectado, porque si lo desafueran y después encuentran que el procedimiento fue inconstitucional, de nada sirve la sentencia del juicio de amparo y ya lo desaforaron y la Sección Instructora incurre en el mismo acto de irreparabilidad al emitir su dictamen”.

La Sección Instructora, refirió, causa un daño irreparable al senador Aldana “porque es un presupuesto de culpabilidad, es una opinión que presupone responsabilidad, debió operar también contra la Sección Instructora la suspensión”.

Y advirtió: “el acuerdo del Juez establece que la suspensión va a tener vigencia hasta que se dicte sentencia y cause ejecutoria la sentencia, cause ejecutoria, cause estado, quede firme, sin ser recurrida o habiendo sido recurrida, hayan procedido los recursos”.

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