Constituye a personas cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de 35 mdp. (ARCHIVO)
El Régimen Simplificado de Confianza es aplicable a personas morales residentes en México, constituidas por personas físicas cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de 35 millones de pesos, así como las que inicien operaciones y proyecten que sus ingresos no superarán esta cifra.
Aarón Huerta Hernández, delegado de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), dijo que esto se incorpora en la adición de artículos a la Ley del Impuesto Sobre la Renta y se establece que los ingresos se considerarán acumulables en el momento que sean efectivamente percibidos y se tienen listas deducciones que podrían efectuar quienes tributen en este régimen, así como las tasas de depreciación.
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Señaló que efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del ISR del ejercicio y van a calcular el Impuesto Sobre la Renta en los términos del régimen general de Ley, con los que podrán acreditar los pagos que fueron realizando durante el ejercicio y todo aquel impuesto acreditable.
Indicó que se precisa que estas personas morales deben cumplir con las obligaciones generales y particulares. En caso de que requieran orientación, las personas morales se pueden dirigir a la Prodecon.