
Publican en el DOF creación de Comisión para la reforma electoral
Luego de que el Gobierno de México anunció la creación de la Comisión Presidencial para la reforma electoral, que será encabezada por Pablo Gómez Álvarez, extitular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), este lunes la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo publicó el decreto por el que se crea dicha Comisión en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
En ese sentido, el documento explica que la Comisión tendrá como objetivo convocar al pueblo a expresarse sobre la reforma electoral conveniente para México y realizar estudios sobre este mismo tema; llevar a cabo los análisis necesarios y elaborar propuestas sobre la reforma electoral; constituir los grupos de trabajo que considere necesarios para el cumplimiento de sus funciones y elaborar y expedir su reglamento interno.
¿Quiénes conformarán la Comisión Presidencial para la reforma electoral?
Aunado a ello, detalla que la Presidencia Ejecutiva de la Comisión será presidida por Pablo Gómez Álvarez y estará integrada por la Secretaría de Gobernación, encabezada por Rosa Icela Rodríguez Velázquez; la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, José Antonio Peña Merino; Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, Ernestina Godoy Ramos; Oficina de la Presidencia de la República, Lázaro Cárdenas Batel; Coordinación de Asesores del Presidente de la Oficina de la Presidencia de la República, Jesús Ramírez Cuevas y la Coordinación General de Política y Gobierno de la Oficina de la Presidencia de la República, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Ante ello, señala que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y estará vigente hasta el 30 de septiembre del año 2030, o cuando la persona titular de la Presidencia de la República determine su disolución.
Además, indica que las personas titulares de las áreas del Poder Ejecutivo mencionadas podrán designar a una persona servidora pública como suplente permanente para cubrir sus ausencias, quien deberá tener nivel mínimo de director general y homólogo, y la suplencia de la persona titular del Ejecutivo Federal recaerá en la Presidencia Ejecutiva de la Comisión.
Añade que la Comisión podrá invitar a representantes de dependencias, entidades, instituciones públicas o privadas de los tres órdenes de gobierno, organismos autónomos, academia y sociedad civil quienes podrán participar con derecho a voz, pero sin voto.
Asimismo, destaca que la Comisión deberá llevar a cabo sus funciones observando los principios de transparencia, objetividad, eficiencia, eficacia, economía y honradez, cumpliendo en todo momento las disposiciones jurídicas en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales y rendición de cuentas.