
Un grupo interdisciplinario realizará la verificación del requisito de elegibilidad de las candidaturas a personas juzgadoras. (AGENCIAS)
El Instituto Nacional Electoral (INE) pone a disposición de la ciudadanía y de Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), un micrositio en el que podrán aportar información de candidatos a cargos de elección judicial que incumplan con el requisito constitucional conocido como “8 de 8 contra la violencia”, estén en condición de prófugos de la justicia, o que tengan una sentencia que suspenda sus derechos políticos y electorales.
El micrositio se denomina “Información Ciudadana 8 de 8” y está accesible en el portal del INE, donde los usuarios podrán proporcionar información que candidatos que considere, hayan incurrido en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 38, fracciones V, VI y VII, de la Constitución Política Mexicana.
Lo anterior, al ser un requisito de elegibilidad que se exige a todos los que aspiran a ejercer un cargo público, respetando la naturaleza de los procedimientos constitucionales electorales, así como también que no se ubiquen en el supuesto previsto en el artículo 442 Bis, en relación con el 456, numeral 1, inciso c), fracción III de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).
Es decir, por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales; el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar; violencia familiar equiparada o doméstica; violación a la intimidad sexual; por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), en cualquiera de sus modalidades y tipos y, por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
Además, por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión, hasta que prescriba la acción penal y por sentencia ejecutoria por pérdida de derechos políticos y electorales.
En el micrositio, la ciudadanía y las OSC podrán conocer y llenar el formulario, adjuntando la información que considere necesaria para allegar a la autoridad electoral elementos para el análisis del caso de aquellas personas candidatas a juzgadoras que podrían encontrase en alguno de los 10 supuestos.
En el formulario se solicitan como datos obligatorios, el nombre completo de la persona candidata a juzgadora, el cargo, el delito por el que presuntamente se le sentenció, el lugar de los hechos, la entidad y, en su caso, un medio de contacto telefónico y/o correo electrónico.
Además, y sólo en caso de contarse con dicha información, la persona que presenta información podrá señalar el número de expediente, la sentencia u otros elementos con los que cuente, mismos que podrá adjuntar al formulario.
Un grupo interdisciplinario coordinado por la Secretaría Ejecutiva del INE e integrado por la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación y las direcciones ejecutivas de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Asuntos Jurídicos y del Registro Federal de Electores; las Unidades Técnicas de lo Contencioso Electoral y de Servicios de Informática, así como la Coordinación Nacional de Comunicación Social, con el apoyo de los consejos locales y distritales, realizarán la verificación del requisito de elegibilidad de las candidaturas a personas juzgadoras.
La ciudadanía y las OSC podrán presentar la información que consideren conducente hasta la etapa de asignación de cargos, que concluye con la entrega por el Instituto de las constancias de mayoría a las candidaturas que resulten ganadoras y la emisión de la declaración de validez respectiva. En los casos en los que la persona candidata a juzgadora se encuentre en alguno de los 10 supuestos, la Secretaría Ejecutiva, con el auxilio de los consejos locales y distritales, le enviará una notificación vía correo electrónico o en su domicilio, para que en un plazo de tres días naturales manifieste lo que a su derecho convenga y exhiba la documentación que considere oportuna para desvirtuar los hallazgos obtenidos.