
Paternidad (ESPECIAL)
El Juez Primero de Distrito en La Laguna emitió una sentencia de amparo que podría marcar un precedente en materia de igualdad de género y derechos laborales. La resolución declara inconstitucional el trato diferenciado que la legislación mexicana otorga actualmente a las licencias de paternidad frente a las de maternidad, al considerar que perpetúa estereotipos de género y vulnera el principio de igualdad ante la ley.
El caso fue promovido por el abogado Luis Eduardo Pedroza García y resuelto a favor de un padre trabajador a quien se le negó una licencia de paternidad equivalente a la que reciben las madres. El juez ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a través de la Unidad de Medicina Familiar número 66, conceder al solicitante una licencia con las mismas condiciones que una de maternidad: 84 días de descanso con goce de sueldo.
Actualmente, la ley otorga solo cinco días de licencia con goce de sueldo a los padres, mientras que las madres tienen derecho a 84 días en el contexto del nacimiento de sus hijos. La sentencia considera que esta diferencia representa una forma de discriminación indirecta hacia la mujer, al asumir que solo ella debe asumir un rol principal en el cuidado del recién nacido. Además, refuerza la creencia de que el padre tiene una obligación menor en la crianza temprana y una mayor en el sostenimiento económico del hogar.
El juzgado destacó que igualar la duración de las licencias no es un privilegio, sino un mecanismo para fomentar la corresponsabilidad en la crianza, promover la justicia familiar y fortalecer los vínculos afectivos desde los primeros días de vida del infante. El fallo también subraya que el trato desigual vulnera el interés superior de la niñez al limitar su convivencia equitativa con ambos padres desde el nacimiento.
Además, se consideró que este tipo de normativas replican estereotipos de género y niegan el reconocimiento de que el cuidado de los hijos debe ser una tarea compartida entre ambos progenitores, respaldada por el Estado mediante políticas públicas justas, progresistas y con enfoque de derechos.
Pedroza calificó esta resolución como un avance significativo en la ruptura de paradigmas sociales, en la protección a la infancia y en el reconocimiento legal del rol activo y esencial del padre en la crianza temprana.