
¿Cómo obtener tu acta de nacimiento si nunca fuiste registrado?
En 2019, el Inegi en colaboración con UNICEF México, presentó los resultados de un informe sobre el derecho a la identidad, con base a estudios de 2015, los resultados señalaron que en México alrededor del 0.8 % de la población no cuenta con registro de nacimiento, alrededor de un millón de personas.
En junio de 2024, la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad presentó un reporte con los resultados del sexenio del presidente López Obrador, en este se indicó que luego del informe del Inegi del 2019 se realizó una análisis subnacional encontrando que 19 de los 32 estados de la República contaban con mejor cobertura de registro de nacimiento con cifras de hasta 0.3 %, mientras los otros 13 estados, entre ellos Chiapas, Guerrero, Puebla, Morelos y Tabasco tenían mayores subregistros, aparte de presentar históricamente mayores niveles de pobreza y marginación.
El Censo de 2020 resultó en que de 126 millones de habitantes, solo el .36 %, unas 451 mil personas no contaban con el registro de nacimiento.
Para estas personas, sea chicos o grandes, que no fueron registrados ante un registro civil se puede tramitar un acta de nacimiento extemporánea.
1. Aplica cuando se realiza e mayores de edad después de los primeros tres años de vida y cuando son menores cuando se realiza después del primer año.
2. Presentar uno de los siguientes documentos:
- Copia certificada del acta de matrimonio de los padres
- Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor
- Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre
- Documento expedido por la autoridad migratoria de la fecha de internación al país de la madre extranjera
- Certificado de educación primaria, expedida por la Secretaría de Educación Pública u otra institución reconocida
- Partida religiosa del interesado, cotejada en los libros de la institución por un notario público y asentada dentro del año de nacimiento
- Copia certifica del acta de nacimiento de un medio hermano mayor
- Constancia de alumbramiento o certificado médico de nacimiento
La Ley del Registro Civil para el Estado de Coahuila marca que un registro extemporáneo de nacimiento en personas mayores de 60 años se requiere la expedición de un certificado de inexistencia presentándose:
- Fe de bautismo
- Cartilla militar
- Acta de matrimonio
- Acta de nacimiento de hijas o hijos de la persona
- Pago de derechos correspondientes
Luego la Dirección del Registro Civil formará un expediente y sustanciará al procedimiento entre cinco a 20 días hábiles, comprobada la no inscripción, se emitirá el certificado el cual tendrá una vigencia de 60 días para registrar el nacimiento.
Durango
Para la emisión del certificado de inexistencia del acta de nacimiento, de forma que se pueda realizar el registro extemporáneo se solicita:
- Certificado de alumbramiento
- Inexistencia de nacimiento de la oficiala más cercana a su domicilio
- Al menos cinco documentos que acrediten su historial de vida como:
- Inexistencia de matrimonio
- Acta de nacimiento
- Inexistencia de defunción
- certificado de defunción
Para el proceso se requiere solicitar en el módulo de información la búsqueda de datos del interesado, realizada la búsqueda y existiendo una acta registral se informará al usuario sobre el pago y luego se entregará el documento.
El trámite puede depender de cada Oficialía y del Archivo Central del Registro Civil