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Por sentencia del Tribunal Electoral no es obligatorio incluir a personas con discapacidad en planillas de alcaldías: IEC

Por sentencia del Tribunal Electoral no es obligatorio incluir a personas con discapacidad en planillas de alcaldías: IEC

Por sentencia del Tribunal Electoral no es obligatorio incluir a personas con discapacidad en planillas de alcaldías: IEC

PENÉLOPE CUETO

No es obligatorio para los partidos políticos, ni para las coaliciones, la integración de las personas con discapacidad en las elecciones a las presidencias municipales, toda vez que el lineamiento emitido por el Instituto Electoral de Coahuila (IEC) quedó sin efecto ante una sentencia del Tribunal Electoral y por razones de tiempo ya no es posible retomarlo.

El presidente consejero del IEC, Rodrigo Paredes Lozano, señaló que bajo la determinación del Tribunal Electoral, las acciones afirmativas tendrían que ampliarse a todos los otros grupos y que por razones de tiempo es difícil que se concrete.

“Nos toma con los plazos muy cortos como para nosotros poder emitir medidas afirmativas hacia todo el resto de grupos vulnerables que constan en la carta de derechos políticos de Coahuila, en el sentido de qué tenemos que dar el mismo trato a todos los grupos que se encuentran contenidos y no solo los que habíamos nosotros considerado en un primer momento como eran discapacitados y jóvenes”, indicó.

Expuso que actualmente hay cabal cumplimiento con los temas que como autoridad electoral se tienen obligados y es el caso de mujeres y paridad, grupos de la diversidad sexual, indígenas y afrodescendientes; en ese sentido, los partidos políticos o coaliciones que incumplan habrán de ser requeridos para obligarlos o el propio IEC habrá de hacer las modificaciones.

“Quisimos ser más exhaustivos y progresistas a través de acciones afirmativas a otros grupos, pero el Tribunal determinó que no eran válidas para este proceso electoral a menos que lo cambiáramos para todos los grupos y eso es lo que nos pone en dificultades por los plazos, los tiempos y las implicaciones técnicas que ellos conllevan.”

Abundó que son muchos temas que se deben valorar antes de determinar si se habrán de tomar otras medidas de acciones afirmativas, ya que en los procesos electorales ninguna etapa se detiene y hay que respetar los plazos y el calendario.

“Hasta hoy, las cuotas obligatorias son género y paridad, diversidad sexual, indígenas y afrodescendientes, todo lo demás se someterá a un análisis riguroso para tomar una decisión correcta, que no implique un segundo recurso de impugnación cuando ya estamos en campaña y ya se tienen todas las candidaturas registradas o incluso cuando ya se trabaja en la elaboración de las boletas”, concluyó.

CONTEXTO

Mediante el acuerdo IEC/CG/014/2024, el Instituto Electoral de Coahuila aprobó acciones afirmativas para las personas con discapacidad y los jóvenes; sin embargo, el Partido Verde Ecologista no quedó conforme con el resultado y presentó un recurso ante el Tribunal Electoral.

El pasado 22 de febrero el Tribunal Electoral de Coahuila informó que por unanimidad de votos, se determinó revocar el acuerdo IEC/CG/014/2024, mediante el cual se aprobaron los Lineamientos para la implementación de acciones afirmativas y la autoadscripción de los grupos en situación de vulnerabilidad, para el proceso electoral ordinario 2024 toda vez que no se establecían de manera objetiva los parámetros para hacer una diferenciación entre los grupos en situación de vulnerabilidad previstos en el artículo 81 de la Carta de Derechos Políticos, aunado a que transgredía el principio de autodeterminación de los partidos políticos.

El Tribunal Electoral señaló que “de estimarlo pertinente”, el Consejo General del IEC podría emitir nuevos lineamientos, en los cuales, con bases objetivas y respetando el principio de igualdad, estableciera la cuota o cuotas que estime pertinentes a favor de las diversas categorías que integran los grupos vulnerables previstos en el artículo 81 de la Carta de Derechos Políticos.

Lo anterior debía ser implementado con la anticipación suficiente al inicio del período que comprende los días 21 al 25 de marzo, en el que los partidos políticos registran sus planillas y listas de candidaturas para la conformación de los ayuntamientos.

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