Infonavit: ¿Las deudas se heredan? Esto sucede cuando una persona fallece
Muchos trabajadores adquieren su vivienda a través de un crédito con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), pero ¿qué pasa con la deuda cuando el titular de la cuenta fallece?
¿Puedo heredar una deuda de Infonavit?
Al adquirir un crédito Infonavit para obtener una casa o un terreno, una de las preocupaciones del titular puede ser traspasar su deuda a los beneficiarios en caso de muerte.
A pesar de no ser un tema agradable de pensar y al que todos tocamos madera, la realidad es que una situación así podría pasar. Sin embargo, para tranquilidad del propietario de la cuenta y sus beneficiarios, la deuda no se hereda.
Cuando en caso de muerte repentina el trabajador que solicitó el crédito fallece, sus familiares o beneficiarios no adquieren la deuda pues el crédito está protegido por un Autoseguro por Defunción.
De acuerdo con la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, se establece en el artículo 51° que:
“Los créditos que el Instituto otorgue a los trabajadores estarán cubiertos por un seguro para los casos de incapacidad total permanente o de muerte, que libere al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor del Instituto derivados de esos créditos."
¿Qué hacer si fallece el dueño del Crédito Infonavit?
Una vez aclarado que en caso de fallecimiento no se hereda la deuda, lo que el beneficiario debe hacer es una liberación de la deuda.
Para solicitar al seguro está liberación, los beneficiarios deben acudir al Centro de Servicio Infonavit (Cesi) que te quede más cercano, con los siguientes documentos:
- Acta de defunción e identificación oficial vigente del titular fallecido.
- Acta de nacimiento e identificación oficial vigente del beneficiario que realiza el trámite.