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Utilidades, un estímulo a la productividad de los trabajadores

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EL SIGLO DE TORREÓN

El reparto de utilidades es un derecho constitucional establecido en el artículo 123 que reconoce que el trabajo es determinante en la generación de las ganancias de las empresas, y que los trabajadores deben recibir anualmente una parte proporcional de las mismas.

Las utilidades se determinan por la mitad de los días trabajados, mientras que la otra mitad corresponde al monto de los salarios percibidos.

Una vez que las empresas presentan la declaración anual, los empleadores están obligados a repartir las utilidades del primero de abril al 30 de mayo para personas morales y del primero de mayo al 29 de junio, para personas físicas, informó el Servicio de Administración Tributaria y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Tienen derecho al reparto de utilidades todos los trabajadores y extrabajadores de planta y eventuales que laboraron al menos 60 días durante el año, los considerados en servicio activo, los trabajadores que tienen incapacidad temporal y con licencia de maternidad.

Los trabajadores cuentan hasta con un año para solicitar las utilidades. En caso de que los trabajadores no reciban las utilidades en la fecha correspondiente, deben enviar su denuncia al correo [email protected].

El derecho de las personas trabajadoras en las utilidades de las empresas es un mecanismo que estimula la productividad, ya que se concibe como una retribución al esfuerzo.

Además, contribuye a generar mejor distribución de la riqueza y mayor justicia social, se informó a través de un comunicado por parte de dichas instancias.

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