Nacional AMLO Migrantes Reformas Constitucionales Violencia Reformas estructurales

AMLO

Tribunal Electoral determina que AMLO violó imparcialidad en elecciones de Coahuila y Edomex

Por unanimidad, las magistraturas señalaron que, en su conferencia del 15 de mayo, el mandatario realizó expresiones de carácter electoral, tras mostrar una lista de posibles aspirantes de oposición

El caso se originó por una queja interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN), que denunció al presidente Andrés Manuel López Obrador por actos anticipados de precampaña  (ARCHIVO)

El caso se originó por una queja interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN), que denunció al presidente Andrés Manuel López Obrador por actos anticipados de precampaña (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

La Sala Especializada del Tribunal Electoral determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador violó la imparcialidad y neutralidad de las elecciones en Coahuila y el Estado de México, así como por el próximo proceso electoral de 2024, por sus expresiones en una conferencia matutina.

Por unanimidad, las magistraturas señalaron que, en su conferencia del 15 de mayo, el mandatario realizó expresiones de carácter electoral, tras mostrar una lista de posibles aspirantes de oposición.

"Si bien, no hubo un llamado expreso para votar por un partido, fuerza política o candidatura, el mensaje sí tuvo el propósito de desincentivar o disuadir el apoyo a otras opciones políticas, al descalificar al partido denunciante y una persona de su militancia, y, en consecuencia, beneficiar a Morena", determinó la Sala Especializada.

También se acreditó el uso indebido de recursos públicos, por lo que se ordenó dar vista al Órgano Interno de Control de la Presidencia respecto del director de Cepropie, el jefe de Comunicación Social, de comunicación digital, jefe de departamento y coordinador de estrategia digital.

El caso se originó por una queja interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN), que denunció al presidente Andrés Manuel López Obrador por actos anticipados de precampaña y campaña, vulneración al principio de neutralidad e imparcialidad y uso indebido de recursos públicos.

Sin embargo, se declaró la inexistencia de actos anticipados porque, aun cuando las expresiones emitidas en la conferencia mañanera tienen matices electorales que pudieran afectar las condiciones de equidad de los procesos electorales locales del Estado de México y Coahuila, así como el federal de 2024, en el caso hay un obstáculo material y legal para responsabilizar al presidente de México, porque conforme a la normativa electoral, las personas del servicio público no son sujetos de actos anticipados de precampaña y campaña.

La magistrada Gabriela Villafuerte recordó que no hay actos anticipados de campaña por las propias limitaciones de la ley, pero se analizan dentro del artículo 134 Constitucional que plantea los principios de imparcialidad y neutralidad.

"El servicio público también es un recurso público, recurso humano. Y si se comete alguna inobservancia a nuestras normas, Constitución o leyes, entonces el uso del recurso humano es indebido", sostuvo.

Leer más de Nacional

Escrito en: AMLO Elecciones Coahuila Elecciones Estado de México

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Nacional

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

El caso se originó por una queja interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN), que denunció al presidente Andrés Manuel López Obrador por actos anticipados de precampaña  (ARCHIVO)

Clasificados

ID: 2221582

YouTube Facebook Twitter Instagram TikTok

elsiglo.mx