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Suprema Corte suspende Plan B electoral de AMLO

La aplicación del llamado 'Plan B' quedó por tanto suspendida por tiempo indefinido

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EL SIGLO DE TORREÓN - AGENCIAS

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Javier Laynez, desactivó los efectos del "Plan B" promovido por el gobierno federal y que pretende disminuir las facultades operativas del Instituto Nacional Electoral (INE).

Laynez admitió ayer a trámite la controversia constitucional del INE contra la reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y otras leyes secundarias, aprobadas por el Congreso de mayoría morenista.

Además, otorgó una suspensión que casi garantiza que el adelgazamiento del órgano electoral pretendido por el Ejecutivo federal, no podrá consumarse.

La aplicación del llamado "Plan B" quedó por tanto suspendida por tiempo indefinido.

Con ello, el INE podrá seguir operando como lo hacía antes de la reforma electoral impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

"El Ministro Instructor concedió la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados del decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma", informó la Corte.

La suspensión se mantendrá durante el tiempo que tome a la Suprema Corte de Justicia tramitar la controversia para resolver la constitucionalidad de la reforma, que, por tratarse de materia electoral, seguramente será despachada antes del receso judicial que inicia el 15 de julio.

El Ejecutivo federal y el Congreso pueden impugnar la suspensión ante una de las Salas de la Corte, pero el trámite de ese recurso tomará varias semanas.

Uno de los puntos que revisará el Pleno de la Corte tiene que ver con un problema de origen: los diputados aprobaron la iniciativa del Ejecutivo federal de reforma electoral el mismo día que fue presentada, lo que es contrario a múltiples precedentes de la Corte sobre los requisitos mínimos que debe cumplir un procedimiento legislativo, máxime tratándose de una reforma de fondo al sistema electoral.

Si la Corte inicia por ahí su discusión puede invalidar de manera definitiva la reforma sin tener que pronunciarse sobre su contenido sino solo sobre la forma en que fue aprobada por los legisladores.

Para invalidar, el Pleno de la Corte requiere al menos ocho de los 11 votos de sus integrantes. Si no los obtiene entonces se analizaría el contenido de la reforma para determinar si la supresión de unidades y secretarias del INE, y muchos otros cambios al sistema de impugnaciones y reglas de los partidos políticos, pone en peligro la calidad de los procesos democráticos.

Por lo pronto, la decisión del ministro instructor Javier Laynez ya dejó por tiempo indefinido sin efectos la aprobación de la iniciativa presidencial.

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