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Negligencia Médica

Recién nacida murió por inadecuada atención en HGZ 51 del IMSS en Gómez Palacio

La CNDH emitió una recomendación al director general Zoé Robledo

(ARCHIVO)

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CLAUDIA BARRIENTOS

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una Recomendación al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por violaciones al derecho a la protección de la salud, a la vida por inadecuada atención médica, y al interés superior de la niñez en agravio de una persona recién nacida; así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de sus familiares, en la Clínica del Hospital General de Zona número 51 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Gómez Palacio, Durango.

A través de un comunicado narró que el 19 de noviembre de 2018, la madre de la víctima acudió al HGZ/MF-51 por presentar sangrado vaginal y tener 41 semanas de embarazo. Se le indicó que se le realizarían una cesárea debido a que el feto traía enredado el cordón umbilical. Sin embargo, al haber cambio de turno, otro médico alegó que no era posible realizar la operación. Al indicarle que había indicaciones del médico anterior de que el infante nacería por cesárea, respondió que se haría lo que él determinara.

A las 22:00 horas del 19 de noviembre de 2018, a la madre de la víctima se le reventó la fuente. Hasta las 06:30 horas del día siguiente el médico tratante la atendió, ingresándola a quirófano. Posteriormente, le indicaron a la madre que la recién nacida presentaba problemas de salud en los pulmones, el pediatra le comentó que su estado era grave porque se había pasado el tiempo del parto y eso había provocado que ingiriera meconio, por lo que tenía pocas probabilidades de vida. Después de unas horas, se le informó que la recién nacida había fallecido.

Por lo anterior, el 29 de octubre de 2019, los familiares de la víctima presentaron una queja ante la CEDH.

El organismo informó que quedó demostrado que el segundo médico que atendió a la madre de la víctima omitió considerar y desestimó los antecedentes, el tiempo de hospitalización y, sobre todo, la indicación del personal médico de la realización de la cesárea, ya que debió corroborar o descartar si el feto estaba en buenas condiciones e indicar el traslado de la madre a otra unidad médica con mayor capacidad resolutiva. Además, realizó un inadecuado llenado del partograma y estableció que la madre contaba con pelvis suficiente. Dichas omisiones aumentaron las posibilidades de morbimortalidad materno-infantil y complicaciones derivadas.

Durante la atención del parto, el médico de turno recibió a la recién nacida con datos de dificultad respiratoria, omitió referir la causa probable, reportarlo de manera inmediata a personal médico de pediatría o brindarle él mismo las maniobras de reanimación de forma inmediata.

Además, la CNDH advirtió con preocupación que el IMSS incurrió en responsabilidad institucional, ya que el personal médico tratante no contaba con los materiales suficientes ni equipo en buenas condiciones. El HGZ/MF-51 estaba atendiendo a los pacientes sin contar con una adecuada infraestructura, por lo que se tendrán que realizar las acciones pertinentes para erradicar dichas prácticas y garantizar el derecho a la protección de la salud.

Con base en lo anterior, la CNDH solicitó al IMSS gestionar la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas a la familia de la víctima y proceder a la inmediata reparación integral del daño, que incluya la medida de compensación, en términos de la Ley General de Víctimas, además de que se les otorgue la atención psicológica y tanatológica que requieran.

Igualmente, se pidió colaborar ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que la Comisión Nacional presente ante el Órgano Interno de Control en el IMSS en contra de las personas servidoras públicas que trataron a la madre de la víctima, entre otras acciones.

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