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Jesús Murillo Karam

Juez frena juicio en primer proceso contra Murillo Karam

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EL UNIVERSAL

La apertura del juicio en la primera acusación contra el exprocurador general de la República, Jesús Murillo Karam, por los delitos de tortura, desaparición forzada y contra la administración de la justicia en el caso Ayotzinapa, fue frenada por un juez por tiempo indefinido.

Y es que el titular del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en materia Penal, Antonio González García, otorgó al exprocurador una suspensión definitiva en el amparo que tramitó para que la Fiscalía General de la República (FGR) lo apoye para obtener 15 datos de prueba para desvirtuar las imputaciones de la Unidad Especial de Investigación y Litigación para el Caso Ayotzinapa.

"R E S U E L V E: ÚNICO. SE CONCEDE la suspensión definitiva al quejoso de iniciales de conformidad con el considerando segundo de esta interlocutoria", determinó el referido juzgador.

El exgobernador de Hidalgo requiere averiguaciones previas y carpetas de investigación iniciadas desde 2014, cuando se registró la desaparición de los normalistas, tanto por la extinta PGR como ahora la FGR, encabezada por Alejandro Gertz Manero, por su presunta responsabilidad en actos de tortura a miembros del grupo criminal "Guerreros Unidos", señalados como autores de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa en el municipio de Iguala, Guerrero.

Para los abogados de Murillo Karam esos datos son necesarios para acreditar su teoría del caso, así como para refutar las pruebas de descargo y las imputaciones que imperan en contra del exprocurador.

Cabe recordar que en la primera causa penal abierta en el caso Ayotzinapa contra Jesús Murillo por los mencionados delitos, la Fiscalía General de la República solicitó a un juez imponerle una pena de 82 años de prisión y multa de 1 millón 792 mil 400 pesos.

El juez de control con residencia en el Reclusorio Norte, Marco Antonio Fuerte Tapia, programó para septiembre la audiencia intermedia, la cual podría llevarse a cabo, aunque si continúa vigente la suspensión definitiva, la apertura del juicio ya no se llevaría cabo.

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