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Ley General para el Control del Tabaco

Establecimientos tienen dos meses para colocar señalética de espacios libres de humo de tabaco

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ANGÉLICA SANDOVAL

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) anunciaron este viernes la publicación del “Manual de identidad gráfica” así como la señalética que deben delimitar los Espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones.

Se informó que a partir de la publicación de estos materiales (disponibles en gob.mx/Cofepris), los establecimientos tendrán dos meses para establecer de manera obligatoria la señalética de espacios libres de humo de tabaco y emisiones. Con ello, se busca proteger la salud de las personas no consumidoras de productos de tabaco y nicotina. Los establecimientos que no garanticen espacios cien por ciento libres de humo y emisiones, se harán acreedores a las siguientes sanciones: amonestación con apercibimiento; multa que va de una a 100 Unidades de Medidas y Actualización (UMAS), es decir, de los 103.74 a 10 mil 374 pesos mexicanos; y clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total.

En el Manual de identidad gráfica, se establecen las líneas generales de aplicación de la imagen en materiales de los establecimientos en sus instalaciones para ser reconocidos como Espacios 100% Libres de Humo de Tabaco y Emisiones. Las nuevas señaléticas deberán estar visibles al público y la primera señalización obligatoria deberá ubicarse en cada entrada del espacio físico; ésta se compone de un nuevo logotipo y la leyenda “Está prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina”.

En apego al Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco (RLGCT), en los accesos e interior de los establecimientos deben exhibirse letreros que indiquen a la población que se trata de un espacio 100 por ciento libre de humo de tabaco y emisiones, así como señalizaciones que contengan frases de advertencia sobre su incumplimiento y el número telefónico para presentar quejas y denuncias.

Sumado a las señalizaciones antes citadas, en este manual también se proporciona la imagen que se podrá utilizar para enmarcar las zonas permitidas para fumar, siempre y cuando estas áreas cumplan las características citadas en el RLGCT.

La señalética de estos espacios muestra la leyenda “Zona exclusiva para fumar” y está ilustrada con pictogramas que simbolizan la prohibición de la presencia de niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas y adultos mayores en dichos espacios.

Las áreas 100 por ciento libres de humo y emisiones garantizan el derecho a la salud de la población, por lo que la Cofepris exhorta a todas y todos a formar parte de la vigilancia activa y denunciar aquellos espacios donde se incumpla la normativa vigente.

La ciudadanía puede informar sobre incumplimientos al número telefónico 800 033 5050. También está disponible la liga denuncia sanitaria, y el directorio de los Centros Integrales de Servicio.

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