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Designan a Paola Aguilar Álvarez Almodóvar como secretaria ejecutiva del IEPC Durango

La propuesta fue aprobada en sesión extraordinaria del Consejo General del IEPC del Estado de Durango. (EL SIGLO DE TORREÓN)

La propuesta fue aprobada en sesión extraordinaria del Consejo General del IEPC del Estado de Durango. (EL SIGLO DE TORREÓN)

DIANA GONZÁLEZ

Este lunes 30 de octubre el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango (IEPC), llevó a cabo su sesión extraordinaria número 23, en donde se aprobó la propuesta para que la ciudadana Paola Aguilar Álvarez Almodóvar ocupe el cargo de secretaria ejecutiva del Instituto.

En el acuerdo aprobado, se informa que la ciudadana, Paola Aguilar Álvarez Almodóvar, cuenta con una historia profesional y laboral que le ha permitido la adquisición de experiencias, crecimiento profesional y habilidades necesarias para ocupar el cargo de Secretaria Ejecutiva y que la hacen un perfil idóneo; asimismo, ha participado en actividades cívicas y sociales, por lo que cumple con los conocimientos básicos requeridos para el ejercicio del cargo de mérito; además de conocimiento y apego a los principios rectores de certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad, máxima publicidad e independencia, y cumple con todos los requisitos que se solicitaron en la Convocatoria exclusiva para mujeres, la cual fue aprobada y emitida por el Consejo General del IEPC.

¿CUÁLES SON SUS FUNCIONES?

El artículo 95 de la Ley Local en materia electoral establece las atribuciones de la secretaria ejecutiva, entre ellas destacan las siguientes:

•Representar legalmente al Instituto.

•Actuar como secretario en las Sesiones del Consejo General (CG), con voz pero sin voto.

•Cumplir los acuerdos del CG.

•Integrar los expedientes con las actas del cómputo municipal o distrital y presentarlos oportunamente al CG.

•Verificar el cumplimiento de los criterios generales que emita el Instituto Nacional Electoral en materia de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales que deberán adoptar las personas físicas o morales que pretendan llevar a cabo este tipo de estudios en el Estado.

•Dar a conocer la estadística electoral por sección, municipio, distrito y entidad, una vez concluido el proceso electoral.

•Recibir para efectos de información y estadística electorales, copias de los expedientes de todas las elecciones.

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Escrito en: IEPC Durango Paola Aguilar Álvarez Almodóvar

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