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Elecciones en Durango

Desechan agravios por domicilio de Betzabé Martínez

El TEED consideró como insuficientes los supuestos agravios presentados en contra del registro de la candidata.

El TEED consideró como insuficientes los supuestos agravios presentados en contra del registro de la candidata.

GUADALUPE MIRANDA

En Sesión Pública, el Tribunal Electoral del Estado de Durango (TEED) consideró como insuficientes los supuestos agravios presentados por diversos actores en contra del registro de la candidatura de Betzabé Martínez Arango por la presidencia municipal de Gómez Palacio por la coalición Juntos Hacemos Historia (Morena- PT-PVEM. RSP) relacionados a la residencia efectiva, al considerar que sí la acredito con la documentación presentada ante el Consejo del Instituto Electoral y Participación Ciudadana (IEPC).

En la lectura de la resolución, se informó que "a juicio de esta ponencia, se determina parcialmente fundado pero insuficiente para lograr la pretensión del actor, es fundado en cuanto a que en efecto el acuerdo impugnado no se satisface cabalmente la motivación exigida para todo acto de autoridad ... únicamente se limitó de forma genérica a manifestare que la postulación a la candidatura de Betzabé Martínez Arango cumplía con los requisitos precisados… y se determinó como insuficiente el agravio… se advierte que contrario a lo manifestado por los actores, la ciudadana referida sí acreditó con la documentación exhibida al momento del registro el requisito de residencia efectiva establecida en el artículo 148 fracción primera de la constitución local, encuadrando el caso, por lo que satisface las exigencias de las disposiciones invocadas por las autoridad, debiendo tenerse por fundado y motivado el registro impugnado".

La Sesión estuvo encabezada por la magistrada presidenta Blanca Yadira Maldonado Ayala y los magistrados Francisco Javier González Pérez y Javier Mier Mier, celebrada la tarde del miércoles.

INELEGIBLE, CANDIDATA A REGIDURÍA

En la misma sesión, resultó inelegible Estrella Morón García, como candidata propietaria a la séptima regiduría, postulada por la coalición Juntos Hacemos Historia.

Lo anterior, al no cumplir con lo señalado en el artículo 149 de la Constitución local del estado de Durango, que exige que los presidentes municipales, regidores y síndicos podrán ser electos al mismo cargo por un plazo no mayor a tres años y que su postulación solo podrá ser realizada por el mismo partido o cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que la hubiere postulado, salvo que hubiera renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.

Aunque Morón renunció al partido, fue más allá de la mitad del cargo que actualmente desempeña como décima regidora, cargo al que la postuló el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

"Aun cuando se tuviera por cierto la renuncia de Estrella Morón, aconteció en junio del 2020, en las constancias de autos se torna evidente que esa voluntad división se desvirtuó con la realización de actos partidistas posteriores, al menos hasta enero del 2022, después de la mitad del mandato que desempeña como décima regidora. La ciudadana resulta inelegible al cargo para e que fue registrada en el actual proceso electoral", determinó el TEED.

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