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Aplica alcaldesa de Gómez Palacio medida disciplinaria en contra del secretario del Ayuntamiento

Por la solicitud de sobreseimiento al Tribunal Electoral

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GUADALUPE MIRANDA

Por la solicitud de sobreseimiento al Tribunal Electoral del Estado de Durango (TEED) del juicio para la protección de los derechos político- electorales del ciudadano que solicitó el ahora síndico Cuauhtémoc Estrella, en contra de la incorporación Omar Castañeda entonces como síndico propietario, la alcaldesa de Gómez Palacio, Anabelle Gutiérrez, emitió un extrañamiento en contra del Secretario del Ayuntamiento, Zuriel Abraham Rosas Correa.

La medida disciplinaria que se aplicó en contra de Rosas Correa fue por incurrir en presuntas irregularidades en el desempeño de su función y fue dada a conocer durante el desarrollo de Asuntos Generales de la Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada de forma presencial.

La medida fue atendida tras la solicitud que hizo el síndico Cuauhtémoc Estrella, tras haber sido notificado en su domicilio por el secretario, hecho que también fue señalado que no es parte de sus funciones.

“El secretario del ayuntamiento cuenta con la obligación de auxiliar al presiente municipal en la conducción de la política al interior establecidas en el artículo 85 fracción 1 de la ley orgánica del estado libre de Durango. La solicitud sobresimiento ante el Tribunal constituye una falta en sus obligaciones ya que al constituirse de esa manera, está actuando como abogado defensor del licenciado Omar Castañeda cuando él es auxiliar del presidente y del ayuntamiento”, dijo la alcaldesa.

En su defensa, el secretario dijo que se violenta su principio de presunción de inocencia de los hechos que se le señalan, por lo que anunció que preparará su defensa de forma oportuna y dentro del marco normativo.

“Respecto al tema que actué como abogado es un tema falso, yo actúo conforme a las facultades que me otorga la ley que tengo conocimiento de ellas, y tan es así a quien demandaron fue el ayuntamiento solo se le hizo a conocer al tribunal de la situación de una licencia que ya no estaba en funciones… tomo conocimiento de ello y siempre estoy actuando de acuerdo a la legalidad, importante comentarle que el extrañamiento carece de fundamentación y motivación… se viola mi principio Presunción de inocencia, da por hecho que los actos que se realizaron son reales”.

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