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TIERRAS INDÍGENAS

Corte ordena a Argentina titular tierras indígenas

La oren debe de cumplirse en un plazo de 6 años

La CorteIDH concluyó que el Estado violó el derecho de propiedad comunitaria. (CORTESÍA)

La CorteIDH concluyó que el Estado violó el derecho de propiedad comunitaria. (CORTESÍA)

EFE

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó a Argentina por violaciones a los derechos de 132 comunidades indígenas dentro de la provincia de Salta y le ordenó entregarles títulos de propiedad de sus tierras ancestrales en un plazo de 6 años.

La CorteIDH, con sede en Costa Rica, publicó este jueves la sentencia en la que señala al Estado argentino como responsable de la violación de los derechos a la propiedad comunitaria, a la identidad cultural, al medioambiente sano, a la alimentación adecuada y al agua de 132 comunidades indígenas pertenecientes a los pueblos Wichí, Iyjwaja, Komlek, Niwackle y Tapy'y.

Este caso fue presentado por la Asociación Lhaka Honhat (Nuestra Tierra) ante la invasión de tierras ancestrales que calcula en 400,000 hectáreas.

La CorteIDH concluyó que el Estado violó el derecho de propiedad comunitaria, al no dotar de seguridad jurídica a la misma y permitir que se mantenga la presencia de pobladores "criollos", no indígenas, en el territorio.

"Lo anterior, pese a que el reclamo indígena de propiedad lleva más de 28 años. También se concluyó que Argentina no cuenta con normativa adecuada para garantizar en forma suficiente el derecho de propiedad comunitaria", explicó la CorteIDH.

El fallo añade que el Estado no siguió los mecanismos adecuados de consulta a las comunidades indígenas sobre un puente internacional construido en su territorio.

La Corte, además, determinó que el Estado violó los derechos a la identidad cultural, a un medioambiente sano, a la alimentación adecuada y al agua, a causa de "la falta de efectividad de medidas estatales para detener actividades que resultaron lesivas".

Los jueces indicaron que la tala ilegal y otras actividades desarrolladas en el territorio por población criolla, puntualmente la ganadería e instalación de alambrados, afectaron bienes ambientales, incidiendo en el modo tradicional de alimentación de las comunidades indígenas y en su acceso al agua.

Todo ello "alteró la forma de vida indígena, lesionando su identidad cultural", según la sentencia.

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