Finanzas Economía Mexicana Trabajadores México IMSS Empleo Formal Wall Street

SAT no trabajará del 23 de diciembre al 7 de enero

Los días corresponden al segundo periodo de vacaciones para el 2019

Durante los días en que el SAT cerrará sus puertas, no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos. (ARCHIVO)

Durante los días en que el SAT cerrará sus puertas, no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

Del 23 de diciembre del presente año al 7 de enero del 2020 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no laborará. Solo habrá personal que cubrirá guardias para la operación y continuidad del órgano recaudador de impuestos. Esos días se establecieron como inhábiles y corresponden al segundo periodo general de vacaciones programados para el 2019.

Sin embargo, todas las aplicaciones digitales podrán ser utilizadas en el portal de Internet del SAT. Hay que tomar en cuenta que durante los días en que el SAT cerrará sus puertas al público en general, no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas del SAT.

Lo anterior sin perjuicio del personal que se quedará laborando durante el periodo por las festividades navideñas y de fin de año. Tal y como se prevé en los artículos 13 del Código Fiscal Federal (CFF) y 18 de la Ley Aduanera.

Leer más de Finanzas

Escrito en: vacaciones de Navidad

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Finanzas

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Durante los días en que el SAT cerrará sus puertas, no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos. (ARCHIVO)

Clasificados

ID: 1654053

YouTube Facebook Twitter Instagram TikTok

elsiglo.mx