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Deben cumplir con cuotas de equidad

Criterios. La ley electoral establece criterios de paridad de género que garanticen la participación de la mujer en la política. (EL SIGLO DE TORREÓN)

Criterios. La ley electoral establece criterios de paridad de género que garanticen la participación de la mujer en la política. (EL SIGLO DE TORREÓN)

MA. ELENA HOLGUÍN

Los partidos políticos que contenderán por las alcaldías en los 39 ayuntamientos de Durango este año, deberán cumplir con las cuotas de equidad de género que establece la ley, de manera que si postulan a un hombre para que encabece la fórmula, la candidatura suplente deberá ser ocupada por una mujer, mientras que si una mujer la encabeza, la suplente también deberá serlo.

El presidente del Consejo Municipal Electoral en Gómez Palacio, Víctor Tomás Quiroz Alvarado expuso que con estos requerimientos, se garantiza la equidad de género en la postulación de candidatos, además de que se evita que los partidos incluyan a las mujeres con el único fin de que, en caso de llegar a resultar ganadoras, sean sustituidas por un hombre.

Resaltó que de acuerdo con el calendario electoral que se aprobó para el proceso 2018-2019, el próximo dos de febrero vencerá el plazo para que los partidos políticos presenten la solicitud de registro de coaliciones, mientras que el 21 de marzo finaliza el plazo para que den a conocer el convenio de candidaturas comunes ante el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) de Durango.

Además, a partir de ayer y hasta el próximo día 15, estará vigente el plazo para que dichos partidos presenten plataformas electorales.

Las precampañas en los ayuntamientos que forman parte del primer grupo, es decir Durango, Gómez Palacio y Lerdo, darán inicio el dos de febrero y terminarán el seis de marzo de este año.

Del 27 de marzo al tres de abril, deberá efectuarse el registro de los candidatos a los ayuntamientos, y del cuatro al nueve de ese último mes se llevarán a cabo las sesiones para aprobar dichas candidaturas, tanto de los partidos políticos como de independientes.

Género

Partidos deberán cumplir criterios de paridad de género para las elecciones de alcaldes.

=> Si un hombre encabeza la planilla, la suplente deberá ser mujer.

=> Si una candidata encabeza la planilla, la suplente también deberá ser mujer.

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