Resolución. El pleno del Inai revocó la respuesta de la Cofepris a una petición de información.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) buscar y dar a conocer si un registro sanitario que no corresponde al medicamento Doxorrubicina Liposomal Pegilada, ha causado daños a la salud.
Esto después de que un ciudadano señaló que dentro de la licitación pública internacional número OA-019GYR047-T57-2013 el medicamento Doxorrubicina Liposomal Pegilada contaba con el registro sanitario 224M2013SSA; sin embargo, el registro corresponde a otro medicamento.
En respuesta, la Cofepris se declaró incompetente y dijo al solicitante que su petición la hiciera ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ya que fue el responsable de llevar a cabo la licitación referida, toda vez que no cuenta con facultades para conocer la licitación.
Anotó que tampoco puede determinar el alcance de los perjuicios ocasionados a la salud pública, en tanto la Subdelegación de Procedimientos Especiales de la Ciudad de México de la Procuraduría General de la República (PGR) no concluya la investigación. Razón por la cual no puede proporcionar la información solicitada y tampoco intervenir en un procedimiento distinto al que requiera del control, vigilancia y autorización de medicamentos, detalló la Cofepris.
Por lo anterior, la comisionada presidente, Ximena Puente de la Mora, señaló que la Cofepris es competente para conocer la información, ya que entre sus atribuciones se encuentra la de evaluar los riesgos a la salud derivados de medicamentos, remedios herbolarios y otros insumos.