
Monopolio.La Comisión Federal de Competencia asegura que la empresa tiene un comportamiento antimercado.
La Comisión Federal de Competencia (CFC), dio reversa a su resolución en la que determinó que Telmex no incurre en prácticas anticompetitivas, al condicionar la venta del servicio de internet de Prodigy Infinitum a la contratación de una línea telefónica.
El órgano antimonopolio decidió abrir de nueva cuenta, este expediente para determinar si con esta práctica comercial, Telmex asume una conducta contraria a la Ley Federal de Competencia y si la empresa tiene o no poder sustancial en el mercado relevante. La CFC dio entrada al recurso de reconsideración promovido en enero del presente año, por Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas (GTM), filial de Telefónica, en el que se manifiesta en contra de la resolución emitida en agosto del 2009 en la cual, esta autoridad consideró que no había elementos suficientes para sustentar la denuncia de esta empresa y cerró el expediente.
El 25 de marzo, el Pleno de la CFC determinó que uno de los agravios que presentó GTM en el recurso de reconsideración es fundado y reconoció que su resolución no estuvo debidamente motivada.
El agravio aceptado se refiere a que la CFC pasó de largo, que en muchas localidades, sobre todo en las 200 Áreas de Servicio Local (ASLs) en las que no hay competencia, Telmex es la única opción disponible para que los consumidores se comuniquen y no cuentan con sustitutos del servicio.
Argumentó que la CFC hizo una definición de la situación geográfica de los mercados involucrados en torno a localidades, las cuales identificó con las entidades federativas del país, pero no explicó por qué adoptó esta determinación y no otra, como las ASLs.
"Más aun, la Comisión no aclara cómo es que sí existen otros agentes económicos, que proveen el servicio de acceso a Internet de banda ancha con la misma tecnología que Telmex, pero con precios y condiciones más favorables, y que se encuentran con posiciones de mercado significativamente inferiores a las de éste", sostuvo GTM.En estos argumentos la CFC declaró fundado el recurso de reconsideración de la filial de Telefónica.
Ahora, después de tomar en cuenta los argumentos de GTM, la CFC estableció que cuando las empresas venden su producto en una localidad determinada y los consumidores no tienen fácil acceso a otros proveedores, la definición de mercado es más limitada, por lo que para identificar el mercado geográfico se deberá enfocar sólo en los patrones de venta del producto, sino en la relación que guardan los cambios de los precios de los productos entre sí.
La CFC reconoció que debió incluir en el análisis de la resolución recurrida, las ASLs donde Telmex es la única opción para el consumidor final, para así explicar claramente cómo estaba constituida la dimensión geográfica del mercado relevante.