Los actos reclamados por los promoventes del amparo, explica el abogado, consisten en que parte de las obras y principalmente el bombeo de las aguas del Río Nazas, para traerlas potabilizadas a 1.6 millones de habitantes de La Laguna, serían en el núcleo del Cañón de Fernández, lo que según ellos dañaría esta área natural protegida, lo cual han negado las autoridades competentes de la materia, que es Conagua, pues dicen que esas obras quedarían fuera de dicho núcleo. (ARCHIVO)
El próximo lunes 23 de agosto se dictará sentencia definitiva sobre el juicio amparo radicado en el Juzgado Séptimo de Distrito en La Laguna, con sede en Torreón, promovido por quienes se oponen a las obras del proyecto Agua Saludable para La Laguna y su resultado será muy importante para los habitantes de la Comarca Lagunera.
Lo anterior fue mencionado por el abogado Fernando Rangel De León, presidente de la Asociación de Ex Alumnos de la UNAM, pues se podría conceder el amparo a los promoventes, o negárselos, pero también puede ser sobreseído, es decir, declararlo improcedente, según que los actos reclamados violen o no los derechos humanos y la garantías individuales, o sean declarados inexistentes.
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La reunión se realizará entre el miércoles 25 y el viernes 27 de agostoLos actos reclamados por los promoventes del amparo, explica el abogado, consisten en que parte de las obras y principalmente el bombeo de las aguas del Río Nazas, para traerlas potabilizadas a 1.6 millones de habitantes de La Laguna, serían en el núcleo del Cañón de Fernández, lo que según ellos dañaría esta área natural protegida, lo cual han negado las autoridades competentes de la materia, que es Conagua, pues dicen que esas obras quedarían fuera de dicho núcleo.
El problema del derecho en los juicios de todos los juzgados y tribunales, añade Rangel De León, son las pruebas, pues el que “afirma está obligado a probar”, de manera que los solicitantes del amparo deberán justificar los hechos en los que hacen consistir los actos reclamados de su demanda de amparo, con pruebas idóneas, ya que las autoridades contra las que se promovió el amparo, llamadas responsables, según lo trascendido en los medios, rindieron sus informes con justificación, denominadas así las contestaciones de las demandas de amparo en el sentido de que no son ciertos los actos reclamados, es decir, que no tratan de afectarles el núcleo del Cañón de Fernández.
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Jorge Zermeño consideró que se debe enfrentar el obstáculo judicial de la obra con argumentos y diálogoLas pruebas adecuadas o idóneas en este amparo son las inspecciones oculares o de reconocimiento judicial, las periciales topográficas y otras pruebas técnicas y científicas más, sobre el punto geográfico exacto del Cañón de Fernández, que dicen se dañaría con Agua Potabilizada para la Laguna; en las que se dictamine si ese lugar concreto se va a dañar o no con la realización de este proyecto.
En caso de que no se demuestre dicho daño, entonces el amparo está condenado a perderse, quedando el camino libre para que las obras de este proyecto empiecen a realizarse cuanto antes en bien de toda La Laguna.