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Apoya Prodecon para asuntos de Profedet

Como es el cálculo del impuesto que deriva del pago de prestaciones laborales por la terminación de esta relación

El servicio que brinda Prodecon abarca el cálculo de ISR por ingresos de primas de antigüedad y retiro de indemnización. (ARCHIVO)

El servicio que brinda Prodecon abarca el cálculo de ISR por ingresos de primas de antigüedad y retiro de indemnización. (ARCHIVO)

FABIOLA P. CANEDO

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) brinda servicios en relación a los asuntos que brinda la Profedet, como es el cálculo del impuesto que deriva del pago de prestaciones laborales por la terminación de esta relación, además de otros temas importantes para los ciudadanos.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) es un órgano desconcentrado de la Secretaría del Trabajo que tiene como misión proteger los derechos de los trabajadores ante la autoridad laboral, mediante servicios de asesoría, conciliación y representación legal.

En este contexto, Aarón Huerta Hernández, delegado de la Prodecon en Coahuila, dijo que el servicio abarca el cálculo de Impuesto Sobre la Renta (ISR) por ingresos de primas de antigüedad, retiro e indemnización y otros pagos por separación; cálculo del impuesto anual por diferencia de pagos salariales por pensiones obtenidas por un laudo laboral; la asesoría sobre la mecánica y tratamiento fiscal de los pagos por primas de antigüedad; indemnizaciones en relación a los artículos 93, 95 y 96 de la Ley del ISR; asesoría sobre la obligación que deben cumplir los contribuyentes al percibir los ingresos, como la presentación de la Declaración Anual.

También se contempla el recuperar y/o obtener el comprobante fiscal de nómina en breve término cuando el patrón omite entregarlo o lo emite con errores, con un laudo laboral. El delegado dijo que la Prodecon verifica que haya una aplicación correcta de las disposiciones fiscales, derivado del cumplimiento de laudos, por ello se apoya al contribuyente a presentar declaración anual normal o complementaria, una vez que se ha analizado las cantidades que fueron pagadas al trabajador, se valida si fueron aplicadas las excepciones previstas en el artículo 93 de la Ley del ISR.

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Escrito en: Asesoría Profedet

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