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Establecimientos en Torreón incumplen protocolos para pruebas rápidas

Fue suspendida su operación y recibirán una sanción económica

Ante la emergencia sanitaria por el COVID-19, se estableció un protocolo de evaluación para la aplicación de las pruebas rápidas. (AGENCIAS)

Ante la emergencia sanitaria por el COVID-19, se estableció un protocolo de evaluación para la aplicación de las pruebas rápidas. (AGENCIAS)

ANGÉLICA SANDOVAL

Caen los dos primeros establecimientos en Torreón que durante esta pandemia incumplieron con el protocolo sanitario para la aplicación de las pruebas serológicas (comúnmente conocidas como pruebas rápidas) IgG/IgM para la detección del virus SARS-CoV-2 (COVID-19).

Fue suspendida su operación y recibirán una sanción económica que va desde las 100 hasta las 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, entre los 8 y 40 mil pesos. Para reaperturar, deberán cumplir con el protocolo para la evaluación de las pruebas serológicas.

En un operativo de inspección, realizado por el departamento de Regulación y Fomento Sanitario de la Jurisdicción Sanitaria VI en La Laguna de Coahuila, se identificó que uno de los negocios carecía de infraestructura, pues estaba realizando las pruebas rápidas en un consultorio médico de una cadena de farmacias donde también se brindaba atención a pacientes ambulatorios por otros padecimientos, lo que pone en riesgo la salud pública.

"O eres consultorio o eres un área para toma de muestras. Imagínate que yo atiendo a una persona que va para una prueba rápida, se la tomo y el paciente que sigue de atender es un niño que llega con su mamá y que vienen por una cuestión estomacal, que nada tenga que ver con el COVID.

"Resulta que la persona es positiva al virus y que el consultorio no contaba con los protocolos de seguridad y ya pusiste en riesgo a la mamá y al niño que fueron por un problema de diarrea", señaló José Luna Riojas, coordinador de Regulación y Fomento Sanitario.

El segundo establecimiento sancionado fue debido a que este se encontraba aplicando pruebas serológicas que no están certificadas por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), por lo que no se garantizaba la eficacia de los resultados.

COFEPRIS DEBE APROBAR PRUEBAS

Por su parte, el titular de la Jurisdicción Sanitaria VI, Juan Pérez Ortega, mencionó que hasta el momento se han verificado tres negocios y recordó que hay una normatividad, por lo que los establecimientos deben apegarse al listado de pruebas serológicas aprobadas por la Cofepris, que son 11, y que se encuentran a la vista del público en el portal de internet: www.gob.mx/cofepris en el apartado de "Acciones para atender la emergencia COVID-19".

En su sitio oficial, la dependencia federal explica que, de acuerdo a la interpretación de la prueba positiva para anticuerpos en contra del SARS-CoV-2, la presencia de anticuerpos tipo IgG sugiere que el sujeto ha sido expuesto al virus y ha desarrollado una respuesta inmune, típicamente esto ocurre al menos dos semanas después de la exposición y expresión clínica de la enfermedad. No determina en forma categórica que ya no se tiene riesgo de contraer la enfermedad, pero sugiere que es de menor riesgo que quien no tiene anticuerpos.

Por su parte, la presencia de anticuerpos IgM indica que la persona ha sido expuesta al virus y sugiere que el contacto ha ocurrido en las dos semanas anteriores a la muestra. La presencia de anticuerpos IgG e IgM en forma simultánea indica que la enfermedad está pasando su forma aguda.

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