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Castigarán en Coahuila a quien genere odio contra los padres

Establece una pena mínima de seis meses y una máxima de tres años

El decreto aprobado entrará en vigor tras su publicación en el Diario Oficial del Estado.

El decreto aprobado entrará en vigor tras su publicación en el Diario Oficial del Estado.

LUCÍA PÉREZ PAZ

El Congreso de Coahuila aprobó castigos penales hasta de 3 años para quien fomente el odio de su hijo hacia el padre o la madre.

La reforma al artículo 251 del Código Penal, propuesto por el diputado panista Gerardo Aguado, establece una pena mínima de seis meses y una máxima de tres años, así como multas de hasta 60 mil pesos.

Está aplicará en los casos en que las personas manipulen de forma reiterada a un menor de edad para generarle odio, rencor, rechazo o distanciamiento de algunos de uno de sus progenitores o de ambos.

En su caso, procederá además la pérdida de los derechos de patria potestad, guarda y custodia, cuando el sujeto activo sea el titular de los mismos.

El legislador argumentó que su propuesta se realiza para ior de los menores. Indicó que es importante que las leyes prevean aquellos supuestos donde la violencia familiar se ejerce de forma indirecta hacia cualquiera de los cónyuges, aun cuando estas conductas sean realizadas por conducto de un menor.

"Había una necesidad de establecer sanciones a quienes hacen uso de los hijos menores para perjudicar o destruir la relación de éstos con alguno de sus progenitores, incluso con ambos si el supuesto se da a través de cualesquiera otra persona que no sean los padres".

Indicó que cuando la violencia familiar se ejerce a través de un tercero menor de edad, esta conducta no puede garantizar que el resultado material del delito vaya a concretarse con la sola intervención del sujeto activo, pues depende, al final de cuentas, de la voluntad del menor.

El decreto aprobado entrará en vigor tras su publicación en el Diario Oficial del Estado.

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