
El acuerdo no aplica a los nacionales de Honduras o a quienes son residentes habituales del país.
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, en inglés) de EUA difundió este jueves el acuerdo de cooperación para examinar las reclamaciones de protección suscrito en septiembre pasado con Honduras, por el que ambos Gobiernos acordaron el envío a ese país de los solicitantes de asilo a las autoridades estadounidenses y que entra en vigor este viernes.
A continuación, algunas claves de este documento rubricado el pasado 25 de septiembre en Nueva York y que será publicado de forma oficial en el Registro Federal de EUA a partir de este viernes.
El documento se suma a dos acuerdos similares de cooperación en materia de asilo alcanzados con Guatemala, el 26 de julio de 2019, y El Salvador, el 20 de septiembre del año pasado, respectivamente.
¿EN QUÉ CONSISTE?
El convenio delega a Honduras la responsabilidad de examinar, de acuerdo con su sistema de determinación de protección, la solicitud de asilo de cualquier persona que haya hecho ese requerimiento al llegar a un puerto de entrada o al cruzar la frontera entre los puntos de entrada a Estados Unidos.
Esta potestad tiene efecto "en o después de la fecha de entrada en vigor del documento".
Estados Unidos deberá determinar previamente las reclamaciones en el caso de los menores de edad no acompañados, de personas que hayan ingresado a este país con un visado u otro documento válido emitido por las autoridades estadounidenses y que no sea de tránsito o cuando se trata de sujetos que no han sido requeridos para obtener un visado en el país.
¿A QUIÉNES NO COBIJA?
El acuerdo no aplica a los nacionales de Honduras o a quienes son residentes habituales del país centroamericano.
¿QUÉ RESPONSABILIDAD TIENE CADA PAÍS?
Según el convenio, Honduras no podrá devolver o deportar a ninguna persona que haya recibido desde Estados Unidos sin haber hecho una adjudicación administrativa final sobre la petición de protección que esta haya presentado .
Si la persona decide abandonar la petición, el país deberá resolver el caso según su legislación y las obligaciones internacionales.
Por su parte, Estados Unidos será responsable de las personas hasta que se complete su proceso de transferencia.
¿Y LOS MENORES?
El acuerdo señala que para el caso de los menores de edad no acompañados, Estados Unidos lo aplicará conforme a su legislación.