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'Discrecional', actuación de Coahuila en liberación de internos por COVID-19: abogada

Confimaniento genera un riesgo de salud y contagio, advierte

La abogada Ariana García Bosque consideró pertinente la liberación de internos de los penales de la entidad, sujetos a proceso, que ha implementado el Gobierno del Estado como medida de prevención del coronavirus SARS-CoV-2, causante de la enfermedad COVID-19. (ARCHIVO)

La abogada Ariana García Bosque consideró pertinente la liberación de internos de los penales de la entidad, sujetos a proceso, que ha implementado el Gobierno del Estado como medida de prevención del coronavirus SARS-CoV-2, causante de la enfermedad COVID-19. (ARCHIVO)

RENÉ ARELLANO

La abogada Ariana García Bosque consideró pertinente la liberación de internos de los penales de la entidad, sujetos a proceso, que ha implementado el Gobierno del Estado como medida de prevención del coronavirus SARS-CoV-2, causante de la enfermedad COVID-19. Sin embargo, consideró que se esta actuando de manera discrecional y discriminatoria.

Lo anterior, considerando que todos aquellos delitos que no son graves y que no merecen una prisión preventiva oficiosa; y están por una prisión preventiva justificada, con esta situación de la enfermedad y atendiendo a que los internos están confinados, genera un riesgo de salud y contagio.

García Bosque enfatizo la distinción que realiza el Fiscal General del Estado (FGE), Gerardo Márquez Guevara, con relación a los delitos que podrían evaluarse y que no fueran necesario que las personas estuvieran detenidas.

"y yo agregaría el delito de posesión de narcóticos con fines de comercio o suministro, o incluso aquellos de posesión simple. Que sabemos de antemano que es muy elevado el número de personas detenidas por este deliro, que no es un delito grave, que no es un delito que merezca pena privativa de libertad oficiosa", señaló la abogada.

Estableció que hay medidas menos graves que la prisión preventiva, tales como: el resguardo domiciliario, la prohibición de ir a lugares determinados, así como la colocación de un dispositivo electrónico (brazalete) y que está plenamente monitoreado por el Estado.

"La suma de estas medidas puede llevar a ser las suficientes para que se cumplan con el fin de estas. Y una medida cautelar tiene un fin en particular y lo es, que el sujeto no se sustraiga de la acción de la justicia", explicó Ariana García.

Puntualizó que el Estado está siendo muy discrecional en este caso y que no está atendiendo realmente al interés superior frente a las circunstancias del coronavirus.

"Si el Estado se jacta de ser protector de la vida, de la salud, de la integridad de una persona. No puede hacer una distinción entre aquellos que están recluidos, porque los consideré menos importante, porque allí estaríamos ante una condición discriminatoria muy puntual sobre las personas que están detenidas", indicó la abogada.

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